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BANCO CEISS Impugnación del acuerdo de despido colectivo por COMFIA-CCOO
En esta nueva situación, ante la insistencia de la Sala respecto de lo conveniente de llegar a un acuerdo y aconsejados por los servicios jurídicos de COMFIA-CCOO, esta Sección Sindical decidió aceptar el ofrecimiento de la empresa de retirar el criterio de selección de mayores de 56 años y alcanzamos un acuerdo en conciliación, no celebrándose por tanto el Juicio interpuesto contra el acuerdo en el ERE.
El pasado martes 17 de septiembre, se celebró en la Audiencia Nacional la vista previa del juicio por la impugnación del acuerdo del expediente de despido colectivo de Banco CEISS.
En el acto de conciliación y conminados por la Sala, la empresa ofreció retirar del acuerdo, por entender que podría constituir causa de nulidad del mismo, el criterio de selección de mayores de 56 años en las extinciones forzosas. También asumió que va contra la norma la extensión del acuerdo más allá de la fecha de vigencia del propio Convenio Colectivo (31 de diciembre de 2014). Esto podría dejar sin efecto la rebaja salarial, a partir de esa fecha, en lo relativo al Convenio: ayuda de guardería, ayuda de formación de hijos de empleados, plus convenio
Un acuerdo pernicioso para la plantilla no es necesariamente un acuerdo jurídicamente nulo, aunque lo sea por justicia...
Al corregirse los defectos formales del acuerdo, la demanda presentada por COMFIA-CCOO dejaba de tener posibilidades de éxito y se nos planteaba un dilema adicional: Si continuábamos con la impugnación del acuerdo pondríamos en riesgo las demandas individuales interpuestas por compañeros y compañeras contra el ERE, como las relativas a las primas de antigüedad, pagas de antigüedad, despidos y otras.
Los hechos planteados en estas demandas podrían entenderse como ya juzgados en el caso de que finalmente, y como sería previsible, se perdiera la demanda en la Audiencia Nacional.
Así pues, en esta nueva situación, ante la insistencia de la Sala respecto de lo conveniente de llegar a un acuerdo y aconsejados por los servicios jurídicos de COMFIA-CCOO, esta Sección Sindical decidió aceptar el ofrecimiento de la empresa de retirar el criterio de selección de mayores de 56 años y alcanzamos un acuerdo en conciliación, no celebrándose por tanto el Juicio interpuesto contra el acuerdo en el ERE.
Seguimos luchando en los tribunales por la posibilidad de paliar la regresividad del acuerdo con los niveles y salarios más bajos, mediante la reclamación ya efectuada del 20% del Complemento Personal de Garantía. Este complemento es la diferencia entre el salario percibido y el Salario Mínimo Garantizado (24 pagas de Convenio).
Y seguimos asesorando a nuestros afiliados y afiliadas en la presentación de las demandas individuales interpuestas sobre el cálculo de la antigüedad reconocida en la Entidad y otras.
Y seguimos peleando por los derechos de los compañeros y compañeras de esta empresa, con las herramientas que tenemos y con la Responsabilidad que da ser el primer sindicato afiliación de este país
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