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La ley protege la intimidad y el secreto de las conversaciones

Banco Santander anuncia la grabación de despachos telefónicos en la Red Rural

 


El Banco anuncia la grabación de despachos telefónicos en la Red Rural, con la finalidad de "identificar áreas de mejora".

CCOO entendemos que este elemento se convierta en un elemento más de presión y deteriore aún más el clima laboral en la Empresa. 

CCOO nos hemos dirigido a la dirección de Recursos Humanos para exigir la retirada de esta medida.

CCOO defiende tus intereses. CCOO lucha por tus derechos


Este artículo se publicó originalmente en santander (Sección Sindical Banco Santander) ,


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El Banco comunicó el pasado 23 de enero a los directores y las directoras de las oficinas de Banca Rural, su intención de grabar los despachos telefónicos, con la finalidad de “identificar áreas de mejora”.

Dentro de las facultades de organización del trabajo de la Empresa, se encuentra la posibilidad de  establecer mecanismos de control para la obtención de los mejores resultados; no obstante, estos mecanismos no pueden entrar en colisión con los derechos fundamentales de los trabajadores y las trabajadoras, en concreto con el respeto y protección de la intimidad de las personas. La Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) establece una serie de garantías para que la recogida, custodia y tratamiento de este tipo de datos se realice sin menoscabo de estos derechos.

Del estudio realizado por el gabinete jurídico de CCOO sobre la comunicación enviada a la Red Rural, se desprenden una serie de carencias legales para la adopción de esta medida.

Por ejemplo, la ley exige que se acredite la necesidad de una medida de este tipo para la obtención de un determinado objetivo, así como la no existencia de ninguna medida alternativa para conseguirlo.

Igualmente, debe facilitarse a las personas afectadas, información detallada del uso que se va a dar a estos datos, así como del límite temporal del fichero, y la garantía de destrucción de los datos una vez cumplido este límite.

Por otro lado, para que los datos personales figuren en un fichero, las personas afectadas han de dar su consentimiento, puesto que esta medida no forma parte del contrato y no es necesaria para el pleno desenvolvimiento de la actividad laboral (art.6.2 de la LOPD).

Hasta el momento, nada ni nadie advierte, ni al inicio ni durante la llamada o despacho, del hecho de que la conversación pueda estar siendo grabada, lo que a nuestro criterio podría vulnerar derechos fundamentales como el derecho a la intimidad o el secreto de las comunicaciones.

CCOO no vamos a aceptar que esta decisión se convierta en un elemento más de presión hacia nuestros compañeros y compañeras, que deteriore aún más el maltrecho clima laboral en la Empresa.

Por todos estos motivos, CCOO nos hemos dirigido a la dirección de Recursos Humanos para exigir la retirada de esta medida.

Os mantendremos informados e informadas de las informaciones que se produzcan al respecto.


13 de febrero de 2014


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