Archivado en Comunicados, Salud Laboral
Circular CCOO en Grupo Banco Popular
febrero 2014
Cicatería en la limpieza de las oficinas del Popular
Hemos visto como se han ido "optimizando" las Retribuciones Complementarias, luego el reparto de la valija, y más tarde las entregas y recogidas de efectivo. Pero ahora lo que se pone en juego es la salud e higiene de los trabajadores.
Desde COMFIA-CCOO hemos venido denunciando que el aspecto en las oficinas era de cierta suciedad, debido al progresivo ajuste en los precios de licitación de la limpieza y el consiguiente menor tiempo destinado a la misma. Pues bien, la situación se ha agravado.
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Hace algunos meses, y de manera experimental, el banco puso en marcha una nueva optimización del gasto -más recortes, vaya- en la limpieza en algunas oficinas. El experimento ha debido de considerarse satisfactorio, ya que desde este mes de Febrero se ha suprimido la limpieza de los miércoles.
Aunque el banco siempre ha manifestado que no interviene en los tiempos de asistencia de las limpiadoras en nuestros centros de trabajo, lo cierto es que está siendo cada vez más difícil que lleven adelante su labor de manera adecuada.
Hemos visto como se han ido "optimizando" las Retribuciones Complementarias, luego el reparto de la valija, y más tarde las entregas y recogidas de efectivo. Pero ahora lo que se pone en juego es la salud e higiene de los empleados y empleadas. Todo ello en una entidad cuyos beneficios, a tenor de lo visto, no solo provienen de la gestión ordinaria de la actividad sino también de reducir según qué gastos.
En COMFIA-CCOO no podemos aceptar que se ponga en riesgo la higiene en las oficinas, ni tampoco que su mantenimiento recaiga en la voluntad de la plantilla de las mismas. Vamos a exigir, por tanto, el cumplimiento de las normas en cuanto a Prevención de Riesgos, y entre ellas la que exige a los empresarios que no pongan en riesgo la salud de sus trabajadores. Al fin y al cabo, el coste de un adecuado ambiente laboral no debe ser considerado como gasto sino como inversión.
Anexo II del REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo: Los lugares de trabajo, incluidos los locales de servicio, y sus respectivos equipos e instalaciones, se limpiarán periódicamente y siempre que sea necesario para mantenerlos en todo momento en condiciones higiénicas adecuadas. A tal fin, las características de los suelos, techos y paredes serán tales que permitan dicha limpieza y mantenimiento. Se eliminarán con rapidez los desperdicios, las manchas de grasa, los residuos de sustancias peligrosas y demás productos residuales que puedan originar accidentes o contaminar el ambiente de trabajo. |
18 de febrero de 2014