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CecaBank: No se puede ser juez y parte

La empresa, de forma unilateral, publica en el tablón de anuncios un “Código Ético” para la entidad.


Este artículo se publicó originalmente en Financiero (Agrupación Sector Financiero ) ,


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Últimamente, está de moda que las empresas elaboren códigos éticos que regulen determinados aspectos de su “vida interna”, como normas de conducta, retribuciones, relaciones con terceras entidades o personas, protocolos sobre relaciones internas, quejas y denuncias, etc., y que en estos códigos éticos se de cabida y participación a los empleados, a través de sus representantes legales.

Si esto se hace así, contando con todas las partes, de forma consensuada y ajustándose a las normas, acuerdos, convenios y leyes de ámbito superior, es más que probable que el código ético sea una herramienta útil y eficaz.

Siempre es de agradecer un esfuerzo en dar luz y aportar transparencia en aquellas cuestiones que no la tienen. La política de retribuciones, la asignación de los “bonus”, peticiones de traslados, reubicación del personal, etc., son cuestiones de mucha importancia y que afectan directamente al conjunto de la plantilla y estaría bien tener un criterio a seguir conocido por todos que eliminara rumores e incertidumbres.

Otras cuestiones, como los canales de denuncia de determinados temas de ámbito interno, cuando se garantiza la independencia y la neutralidad de los árbitros designados y se alcanza un protocolo de actuación consensuado es una práctica deseable que evita el buscar esa intermediación en otras instancias.

Lamentablemente, no es el caso del “Código Ético” de Cecabank.

Este código ha sido elaborado por una sola de las partes, sin tener en cuenta, en ningún momento, a la representación de los trabajadores. Tan sólo una presentación el último día antes de su publicación, en la que no se pudo hacer ninguna aportación ni enmienda.

En Cecabank, afortunadamente, tenemos muchos acuerdos de empresa que regulan una buena parte de lo que ahora este documento pretende intervenir. En aquellos otros temas que no hay acuerdos internos, contamos con el Convenio Colectivo y el Estatuto de los Trabajadores, que es nuestro autentico marco legal, que no puede ser sustituido por ningún otro documento unilateral y del que desconocemos las verdaderas intenciones.

En ese sentido nos hemos dirigido a la Dirección General, para manifestarle nuestra preocupación y malestar por la publicación de este código. (Os adjuntamos la carta enviada a al Director General por detrás)

La política de retribución, (Bonus y variable) y el “Canal de Denuncias” son ejemplos de la falta de transparencia y de cómo se pretende mantener el oscurantismo por parte de la empresa. Parece broma, si no fuera verdad, el que se establezca un sistema en el que para gestionar una denuncia interna la empresa se constituya en juez y parte, dejando en evidente indefensión al denunciante. Con el tema de la retribución variable, da la impresión de lo que se pretende es “blanquear” la ausencia total de una verdadera política y dar por buena la situación.

La falta de participación, de diálogo y de transparencia nos hace dudar de las “bondades” de este “Código poco Ético”. La legislación laboral actual ofrece y permite procedimientos de actuación en defensa de los intereses de los trabajadores cuya utilización, llegado el caso, recomendamos.

Seguiremos informando.

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