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Avantcard: Acuerdo cómputo de retrasos

Con fecha de ayer los representantes de la Empresa y la Sección Sindical de CC.OO hemos llegado a un acuerdo con respecto a la política de retrasos que actualmente se venía aplicando;


Este artículo se publicó originalmente en Financiero (Agrupación Sector Financiero ) ,


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Bases del acuerdo;

El tiempo de retraso a efectos de sanción pasa a más de 10 minutos.

Tiempo de retraso anterior: más de 5 minutos

El periodo de referencia para el cómputo de retrasos a efectos de sanción comprenderá el mes natural y los tres primeros días naturales del mes siguiente.

Periodo de referencia anterior: siguientes 30 días desde cada falta de puntualidad

La empresa podrá optar a la recuperación del tiempo de retrasos sancionables, y no penalizar al trabajador

El tiempo de los retrasos no sancionables, se recuperaran íntegramente

La flexibilidad en el horario de entrada es una lucha histórica, tras muchos años de propuestas valoramos de manera muy positiva este acuerdo sobre todo si tenemos en cuenta que la empresa ya había manifestado que los 5 minutos “de cortesía” era tiempo de trabajo que se debía recuperar, aunque hayamos conseguido hasta la fecha que no haya sido así.

Este acuerdo como es lógico se aplica a toda la Plantilla de Avantcard.

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