Archivado en Comunicados, Guardias

NOTA ACLARATORIA SOBRE GUARDIAS Y DISPONIBILIDADES

10 DE JULIO DE 2014

Os adjuntamos nota aclaratoria sobre el punto de Guardias y Disponibilidades del I Convenio Colectivo Tecnocom.


Este artículo se publicó originalmente en tecnocom (Sección Sindical Estatal CCOO Grupo Tecnocom) ,


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Intervenciones de Tecnología


 El tiempo incluido para las intervenciones de Tecnología (3.7.1.1 del Convenio de Grupo) es el siguiente:

  • El límite semanal es de 15 horas.
  • El límite diario es de 3 horas.
  • Compensación de horas: El exceso sobre las tres primeras horas de intervención, incluidas en la disponibilidad, serán compensadas una hora por una hora.
  • La disponibilidad se comprende entre la finalización de la jornada laboral ordinaria y el inicio de la siguiente.Por ejemplo  para el periodo  de jornada laboral de lunes a viernes:
- Periodo de Disponibilidad comprendido entre las 18:00h y las 8:30h del día siguiente

- Periodo de Disponibilidad comprendido entre las 15:00h y las 8:00h del día siguiente


  • Ejemplo:

Intervención en Tecnología

 

Horas
No Pagadas

Horas
 Pagadas

Horas compensadas

Hora X Hora

 

1 Intervención

2 Intervención

3 Intervención

 

 

Lunes

 

5 horas

 

3

2

2

Martes

 

3 horas

2 horas

 

3

2

2

Miércoles

 

2 horas

3 horas

 

3

2

2

Jueves

 

 

 

 

 

 

 

Viernes

 

 

 

Sábado

 

2 horas

3 horas

1 horas

 

6

6

Domingo

 

 

 

 
Los días laborales, de lunes a miércoles, hemos realizado un total de 15 horas de guardia, de las cuales solo hemos cobrado 6, pero para el cómputo semanal de intervención, el miércoles llevamos 15 horas. A partir de aquí, todas las horas restantes que se hagan (hasta las 21h trabajadas del ejemplo), SE COBRAN Y COMPENSAN EN TIEMPO DE DESCANSO desde el primer minuto. 






Intervenciones de Aplicaciones

 

El tiempo incluido para las intervenciones de Aplicaciones (3.7.1.2 del Convenio de Grupo) es el siguiente:

  • El límite semanal es de 7 horas.
  • El límite diario es de 1 hora.
  • Compensación de una hora de descanso por cada hora, o parte proporcional, de intervención que exceda el crédito de tiempo diario incluido. Dicho crédito no generará la citada compensación, excepto por las intervenciones realizadas entre las 0:00 horas y 7:00 horas, que sí lo harán.
  • La disponibilidad se comprende entre la finalización de la jornada laboral ordinaria y el inicio de la siguiente.Por ejemplo  para el periodo  de jornada laboral de lunes a viernes:

- Periodo de Disponibilidad comprendido entre las 18:00h y las 8:30h del día siguiente

- Periodo de Disponibilidad comprendido entre las 15:00h y las 8:00h del día siguiente


  •  Ejemplo: 


Intervención en Tecnología

 

Horas
No Pagada
s

Horas
 Pagadas

Horas compensadas

Hora X Hora

   1 
Intervención
 2
Intervención
 3
Intervención
    

Lunes

 

5 horas

 

1

4

4

Martes

 

2 horas

2 horas

 

1

3

3

Miércoles

 

2 horas

3 horas

 


5

5

Jueves

 

 

 

 

 

 

 

Viernes

 

 

 

Sábado

 




 



Domingo        


Los días laborales, de lunes a martes, hemos realizado un total de 9 horas de guardia, de las cuales solo hemos cobrado 7, pero para el computo semanal de intervención han sido 9 horas, ya que a partir de la primera intervención del martes ya hemos consumido las 7 horas semanales. Todas las horas restantes que se hacen, SE COBRAN Y COMPENSAN EN TIEMPO DE DESCANSO desde el primer minuto.


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