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RECORDATORIO: ¿Puedo irme al extranjero estando cobrando del paro?

SECCIÓN SINDICAL ESTATAL DE CCOO-GRUPO BMN

Uno de los requisitos que impone la Administración para percibir las prestaciones por desempleo es que la persona beneficiaria busque empleo ?activamente?.


Este artículo se publicó originalmente en bmn (Sección Sindical Estatal Grupo BMN) ,


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RECORDATORIO: ¿Puedo irme al extranjero estando cobrando del paro?

Uno de los requisitos que impone la Administración para percibir las prestaciones por desempleo es que la persona beneficiaria busque empleo ?activamente? ya sea asistiendo a cursos de formación que mejoren su ocupabilidad, presentando currículums o asistiendo a las entrevistas de trabajo que le proporcionen los Servicios de Empleo de su Comunidad Autónoma y pone en duda que ello sea posible si nos trasladamos al extranjero.

El SEPE ha llegado al extremo de suspender las prestaciones e incluso a reclamar los importes ya percibidos. Por ello a quienes, siendo perceptores de prestaciones por desempleo por aplicación de cualquiera de los programas del Acuerdo del 28/05/2013 (desvinculación, suspensión, reducción), CCOO os recomienda que os informéis en las oficinas del SEPE y, en caso de que os lo permita, recabéis su autorización expresa y por escrito si tenéis previsto salir al extranjero por cualquier causa (vacaciones, viaje de novios, visita a familiares, cooperación,?).

Tenemos constancia de sentencias que discrepan de los criterios del SEPE, pero la Administración mantiene los criterios que podéis encontrar en
este link y ya se sabe, mejor prevenir que curar.

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