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CC.OO. insta a la empresa a abonar el segundo plazo de la indemnización

En la reunión de ayer de la Comisión de Seguimiento del ERE, Bankia informó de su intención de no abonar el segundo plazo de la indemnización a las personas afectadas, en aquellos casos en que exista demanda con sentencia en primera instancia y recurrida por cualquiera de las partes. La empresa alega que se trata, en todo caso, de una medida temporal (en tanto en cuanto no exista sentencia firme) y que se realiza por motivos "técnico-jurídicos".


Este artículo se publicó originalmente en bankia (Seccion Sindical Bankia) ,


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CC.OO. hemos consultado inmediatamente con nuestros servicios jurídicos este asunto y, en particular, el supuesto "problema técnico" al que alude la empresa, constatando que existen mecanismos que permiten realizar el abono a las personas afectadas, sin mayores problemas ni repercusión alguna.

Por ello, hemos dirigido una carta a la empresa, instándole a que abone en tiempo y forma el segundo plazo de la indemnización comprometido en el Acuerdo del ERE, en los casos de extinción de contrato; reservándonos, asimismo, el derecho a ejercer cuantas acciones jurídicas pudiera corresponder en defensa de los intereses de unos trabajadores a los que no es de recibo añadir más sufrimiento.

2 de Octubre de 2014

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