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CCOO exige que se cumpla la sentencia del Supremo en los centros orientales del 112
112
La Federación de Servicios de CC.OO. de Andalucía ha exigido que se cumpla esta sentencia que anulaba las modificaciones sustanciales que desde 2011 están afectando a las plantillas de los centros del 112 de Andalucía Oriental.
El pasado 6 de diciembre de 2014 el Tribunal Supremo dictaba una sentencia en la que se anulaba la modificación sustancial de las condiciones de trabajo que en su día la subcontrata de la UTE Novasoft-Konecta impuso a las plantillas de los centros provinciales del servicio de Emergencias 112 de Andalucía oriental (Jaén, Almería, Málaga y Granada).
Entre las medidas que la empresa adoptó unilateralmente se encontraban:
- No devolver los festivos realizados.
- Secuencias de hasta 10 días seguidos de trabajo consecutivos, rotando turnos en dichos días, noches, tardes, etc..., sin descanso alguno en medio.
- Incumplir lo que marcaba el convenio en lo referente al descanso en fines de semana.
- Denegar e imponer las vacaciones.
En dicha sentencia, el tribunal advertía que no se cumplieron los requisitos que establece la ley para cambiar los cuadrantes que realizan los gestores de emergencias del 112, es decir, llegar a un acuerdo con la Representación Legal de los Trabajadores al tener tunos rotativos, tal como marca el convenio colectivo de Contact Center al que están adscritos. Tampoco estaban convenientemente justificada las medidas adoptadas por la empresa. Por último, estima el Tribunal Supremo que incumplen además las prescripciones del pliego de condiciones técnicas que regulan la concesión administrativa de la subcontrata, al no respetarse la subrogación en la totalidad de los derechos y condiciones laborales anteriores que marca para el personal que presta este servicio.
Anulaba así el Tribunal Supremo estas medidas impuestas por la empresa. Pero se da la circunstancia de que en el año 2013 la plantilla de estos centros cambió a otra subcontrata, esta vez con la empresa Arvato Iberia, que ha venido manteniendo estas modificaciones realizadas por la anterior subcontrata. Desde que se dictó la sentencia del Supremo, CCOO ha instado a que se acate la misma por parte de Arvato Iberia, ya que uno de los motivos que argumenta precisamente el Tribunal Supremo es que se deben respetar todas las condiciones laborales en la subrogación, por lo que cualquier empresa que se haga cargo del servicio debe aceptar que las condiciones de la plantilla deben ser las mismas que se tenían en 2011. Se da la circunstancia que este mismo argumento usó Arvato Iberia para mantener las nefastas condiciones impuestas por la UTE, el hecho de que las habían subrogado, Desde CCOO les indicamos que, en ese caso, también deberían ?subrogar? el resultado de la sentencia, cuestión que asumieron en su momento, y ahora han olvidado.
Tal es así que desde la dirección de Arvato Iberia se ha hecho caso omiso a esta sentencia, no aplicando las condiciones anteriores, tal y como dicta el Supremo. Desde CCOO instamos a la empresa nuevamente a que acate la sentencia y reponga definitivamente las condiciones de trabajo a su plantilla, y a la Junta de Andalucía a que no mire hacia otro lado en este sentido, porque no puede hacer dejación de sus obligaciones a la hora de controlar la gestión de este servicio público esencial para la ciudadanía.