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EL ACOSO MORAL ESTÁ TIPIFICADO COMO DELITO

Prevención riesgos psicosociales

El pasado día 5 de febrero se constituyó la Comisión Asesora para la Prevención y el Tratamiento del Acoso Moral en UNICAJA BANCO, S.A. En España el acoso laboral está tipificado como delito en el artículo 173 del Código Penal, que a estos efectos entiende como acoso laboral el "hostigamiento psicológico u hostil en el marco de cualquier actividad laboral o funcionarial que humille al que lo sufre, imponiendo situaciones de grave ofensa a la dignidad". Saber+


Este artículo se publicó originalmente en Unicaja (Sección Sindical Unicaja) ,


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