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Los Directores y las Directoras de Oficinas no Están en Horario Flexible

El lunes día 1 de junio la dirección del Banco ha reconocido que el acuerdo colectivo de 26 de diciembre no establece el horario flexible para quienes dirigen una oficina.


Este artículo se publicó originalmente en abanca (sección sindical Abanca) ,


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Ante la negativa de las direcciones de Capital Humano y Negocio España a cumplir en sus términos lo acordado, tal como hemos reflejado los tres sindicatos en diversos comunicados, Comisiones Obreras, con conocimiento CSICA y UGT que manifestaron su intención de adherirse al mismo; interpuso procedimiento de mediación ante la Fundación SIMA sobre este punto concreto. En la sesión del 19 de mayo, todos los sindicatos presentes se adhirieron a lo solicitado. El acuerdo final del procedimiento de mediación ha sido suscrito por CCOO, CSICA, UGT y CGT. ASCA decidió no hacerlo por no haber suscrito el acuerdo de diciembre. CIG no asistió a la sesión.

El acta de acuerdo viene a modificar el aviso de fecha 14 de enero, en los siguientes términos:

En las oficinas de menos de 6 empleados la plantilla trabajará las tardes de los martes y jueves excepto el gestor especializado que tendrá horario flexible de 8 a 19:00 horas de lunes a jueves. En las sucursales de 6 o más empleados, la plantilla se repartirá las tardes (unos los lunes y miércoles y otros los martes y jueves). Los gestores especializados tendrán horario flexible de 8 a 19:00 horas de lunes a jueves.
Los Directores continuarán rigiéndose por los pactos, acuerdos y prácticas en vigor.

Es decir, el horario de los directores y las directoras de oficina es el que tengan fijado individualmente o el que venían haciendo hasta el pasado mes de enero. A quienes hicieran el horario general antes del acuerdo les afecta la modificación del mismo, dado que siguen en horario general.

El procedimiento de mediación estaba referido exclusivamente a directores y directoras de oficina por ser a quien así se le había comunicado su adscripción al horario flexible, pero el acuerdo de diciembre regula de igual forma el horario de direcciones gerencias de servicios centrales.

El texto del acta de acuerdo podéis solicitarlo a los delegados y las delegadas de cualquiera de los tres sindicatos.

La negativa de la dirección a cumplir los acuerdos es totalmente inaceptable. En modo alguno consideramos una mejora que se cumpla lo pactado.





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