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Preocupación en CCOO de Castilla y León por la posible aplicación de la sentencia del Tribunal Supremo relativa al Procedimiento de despido colectivo
Nuestro sindicato está pendiente de conocer el contenido de la sentencia para poder emitir una valoración exacta de la misma.
Comisiones Obreras de Castilla y León quiere dejar bien patente su preocupación por el reciente fallo del Tribunal Supremo, en el que ha declarado ajustado a derecho el Procedimiento de despido colectivo llevado a cabo en las empresas públicas Tragsa y Tragsatec. Esta situación puede provocar la pérdida de más de un millar de puestos de trabajo en todo el país, de los cuales 200 corresponderían a la plantilla que ambas empresas tienen en nuestra Comunidad.
Es por ello que los responsables de la Federación de Construcción y Servicios, Inmaculada de Pablo Arranz, y de Servicios, Jesús Olivar Gómez, han enviado una carta al viceconsejero de Empleo y Diálogo Social de la Junta de Castilla y León, Mariano Gredilla Fontaneda, para que medie y se evite semejante ?sangría de empleo? en este territorio, y que afectaría seriamente al ámbito rural. ?Por todo ello solicitamos a la Junta un compromiso de apuesta decidida por la continuidad laboral de estos trabajadores y trabajadoras, de cara a que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente por un lado y la de Agricultura y Ganadería busquen alternativas con ambas empresas públicas para que bajo ningún precepto se destruya empleo. Este proceder provocaría a su vez la pérdida de la calidad en los servicios que estas sociedades prestan en nuestra región?, subrayan De Pablo y Olivar.
En estos momentos ambas sociedades mercantiles cuentan con un mayor número de empleados en activo que cuando se inició el Expediente de Despido Colectivo en 2013, teniendo necesidades de contratación de personal nuevo. ?Esta sentencia choca frontalmente con las necesidades operativas de Tragsa y Tragsatec y confirmado mediante los datos facilitados a las Secciones Sindicales de CC.OO en ambas empresas. Es más, en la actualidad se realizan horas extras para poder así cubrir las necesidades operativas existentes?, afirman De Pablos y Olivar responsables de Construcción y Servicios y Servicios de CCOO de Castilla y León.
Si tanto Tragsa como Tragsatec deciden dar cumplimiento al fallo del Supremo, la incidencia de esta decisión en los servicios que prestan en el ámbito rural iría en detrimento del desarrollo necesario para el mismo. Según los dos dirigentes de CCOO, ?cambiaría totalmente el presente escenario de los servicios rurales. Además traería consigo un escenario de movilizaciones reiterado que de ninguna manera sería positivo para nadie. De ahí la importancia del papel que la Junta debe jugar en este asunto?, remarcan.
El ERE de la discordia
En octubre de 2013 el Grupo Tragsa presentó un Procedimiento de Despido Colectivo en sus dos empresas, Tragsa y Tragsatec, durante el periodo de negociación no se alcanzó acuerdo con lo que la empresa pública procede a notificar a la autoridad laboral el 29 de noviembre de 2013 la ejecución de 726 despidos en Tragsa y 610 despidos en Tragsatec, con un periodo de ejecución que abarca desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014. En diciembre de 2013 se presenta demanda de impugnación del despido colectivo en ambas empresas.
En febrero de 2014 empiezan los primeros despidos (personas mayores, con reducciones de jornada, etc.) y el 28 de marzo de 2014 la Audiencia Nacional declara Nula la decisión extintiva del PDC de Tragsa, con el consiguiente derecho de los trabajadores y las trabajadoras afectadas a la reincorporación a su puesto de trabajo, condenando solidariamente a TRAGSA y TRAGSATEC a la inmediata readmisión del personal despedido en sus puestos de trabajo, con abono de los salarios dejados de percibir.
El 20 de mayo de 2014 se presenta ampliación de la demanda de impugnación sobre el PDC de TRAGSATEC.
El juicio del PDC de Tragsatec se aplaza al 27 de mayo de 2014 con el resultado de Acuerdo de conciliación respecto a aplicar a TRAGSATEC la sentencia firme que dicte el Tribunal Supremo ante el recurso presentado por la empresa contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional el pasado 28 de marzo por el PDC de TRAGSA, readmitiendo provisionalmente, en un plazo máximo de 15 días hábiles, a los trabajadores/as despedidos/as en TRAGSATEC por la aplicación del Procedimiento de Despido Colectivo (PDC).
La Audiencia Nacional anuló el despido colectivo de Tragsa y Tragsatec por tres motivos: que no se había facilitado toda la documentación contable exigida, la ?falta de concrección? en las causas invocadas en la comunicación final del PDC a los representantes de los trabajadores y que no se habían respetado los principios constitucionales ?de igualdad, mérito y capacidad? a los que la ley obliga en los casos de despidos en la Administración. Los jueces del Tribunal Supremo, sin embargo, creen que la empresa no cometió ninguna irregularidad.
La decisión adoptada por el Tribunal Supremo de declarar ?ajustado a derecho? este Procedimiento da vía libre al Grupo Tragsa, grupo de empresas totalmente públicas, a ejecutar el expediente completo con una indemnización de 20 días por año a cada una de las trabajadoras y trabajadores afectados, 1336 a nivel nacional. Doscientos de esos puestos de trabajo están en el territorio castellano y leonés, lo que supone un 20% de la plantilla en esta región.
La decisión la ha adoptado por unanimidad el pleno de la Sala de lo Social, aunque con votos particulares de magistrados que están de acuerdo con estimar el recurso de la empresa y declarar ajustado a derecho el despido colectivo, pero discrepan de alguno de los argumentos acordados por el pleno. El texto completo de la sentencia se conocerá en los próximos días. Cabe incidir en que han transcurrido más de seis meses desde la fecha del informe del Ministerio Fiscal y el pronunciamiento de la Sala del Tribunal Supremo.
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