Hoy enviamos este comunicado dado que se ha reconocido, por parte del INSS, en una trabajadora del Parador de Málaga Gibralfaro estasituación.
El pasado día 19 de mayo de 2015una limpiadora del Parador de Turismo de Gibralfaro, fue Intervenida quirúrgicamente de Sindrome de Túnel Carpiano derecho + tenosinovitis flexor 3º dedo mano derecha.El Síndrome del Túnel carpiano figura expresamente recogida en el apartado 2.f.02.01 del cuadro 3 de enfermedades profesionales del sistema de la Seguridad Social aprobado por R.D 1299/2006, de 10 de noviembre.
La trabajadora se puso en contacto con el departamento de Salud Laboral de CCOO de Málaga, donde se le informó de la mencionada Sentencia del Supremo.La trabajadora Comunica a la empresa la posibilidad de reconocimiento de la Dolencia como Enfermedad Profesional, dado que la Mutua no lo reconoce, comunicando la dirección del establecimientoque el Servicio de Prevención no lo reconoce como tal.
La trabajadora se puso en contacto, de nuevo, con CCOO de Málaga, donde se puso reclamación de reconocimiento de Contingencia, ante el INSS, el 27 de Mayo de 2015, siendo reconocido por el mencionadoINSS que el proceso de Incapacidad Temporal iniciado el 19 de Mayo de 2015 deriva deEnfermedad Profesional.
Felicitamos a la Trabajadora por este logro y por no haber cejado en el intento de reconocimiento de Contingencia,siendo responsable de su Contingencia la Mutua yno el Servicio Público de Salud, abriendo además el camino al resto de trabajadores/as de Paradores de esta categoría profesional.
Quedamos a vuestra disposición para cualquier aclaración o información sobre el tema.