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Garantías para llegar al acuerdo
Externalizacoón BSOS
Hoy hemos celebrado la cuarta reunión, en la que las demandas que CCOO hicimos a la empresa (accede aquí) para que esta operación tenga las máximas garantías, tanto de empleo como de condiciones sociales y económicas, parecen que están siendo aceptadas por la empresa en su gran mayoría.
Externalización BSOS: garantías
Hoy hemos celebrado la cuarta reunión, en la que las demandas que CCOO hicimos a la empresa (accede aquí) para que esta operación tenga las máximas garantías, tanto de empleo como de condiciones sociales y económicas, parecen que están siendo aceptadas por la empresa en su gran mayoría.
La empresa está dispuesta a incorporar elementos de presente y futuro que, a nuestro parecer, garantizan mejor lo que desde el principio la Dirección ha difundido: ?que trabajar en BSOS sea como trabajar en BS?.
Por ello, y a modo de resumen, la situación de la negociación es la siguiente:
- Que este acuerdo sea de aplicación para los 481 empleados traspasados a BSOS y a los que en un futuro puedan integrarse provenientes de BS.
- Todos los empleados traspasados tendrán, como condición más beneficiosa, la aplicación de las condiciones reguladas en el Convenio Colectivo de Banca y las condiciones laborales, salariales y sociales vigentes en cada momento en BS.
- BS garantiza la reserva del puesto de trabajo (a no más de 25km de su centro de trabajo):
o Si BSOS pierde su personalidad jurídica por liquidación, caso de ERE, ERTE, expedientes de traslado o cierre de centros de trabajo.
o En caso de venta de más del 49% de BSOS o si se produce la compra o fusión por absorción de BS por otra entidad.
o Si BSOS inicia un procedimiento de Modificación de Condiciones de Trabajo (art.41ET) que plantee la no aplicación del Convenio de Banca y/o los beneficios sociales que en ese momento sea de aplicación en BS.
- Los 481 empleados traspasados podrán solicitar el traslado a BS individualmente, canalizadas a través de BSOS, atendiendo a las necesidades del servicio.
- Los PPEBS y la EPSV se mantendrán como si se estuviera trabajando en BS (art.44 ET).
- Si BSOS ofertara prejubilaciones, se harían con los criterios que se apliquen en Banco Sabadell, que será responsable solidario de los compromisos de pago.
Puntos de desencuentro:
- No aceptan la firma del pacto por parte de BSOS. CCOO no entendemos que, coincidiendo apoderados en las dos empresas, no estén dispuestos a que BSOS también se comprometa.
- Desde CCOO exigimos que se entregue una carta a todos los afectados ?ad personam? donde se recoja el pacto, categoría, antigüedad, plaza y horario.
Plantilla actual BSOS Banco Sabadell acepta aplicar las condiciones económicas y sociales del Convenio de Banca y las vigentes en BS en cada momento. Para ello las aplicaría gradualmente en el siguiente escalado:
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