Archivado en Comunicados, Jornada, Condiciones de trabajo

Circular CCOO en Grupo Banco Popular
abril 2016

Conflicto Colectivo en Banco Popular
La Representación de los Trabajadores propone acordar un sistema de control horario

Con fecha de hoy se ha celebrado un "Procedimiento de Mediación" en el Servicio Interconfederal de Intermediación y Arbitraje -SIMA- entre la Representación de los Trabajadores y de la Empresa, para tratar de la demanda de CONFLICTO COLECTIVO contra Banco Popular Español que CCOO presentó el pasado 18 de marzo.


Este artículo se publicó originalmente en Popular (Sección Sindical Grupo Banco Popular) ,


pdf print pmail

 

 

En este encuentro, la Representación de los Trabajadores ha propuesto acordar un sistema único de control horario para toda la plantilla, cuya negociación debería estar finalizada antes de que acabe el próximo mes de junio.

 

 

 

La Representación de la Empresa, por su parte, ha puesto de manifiesto su intención de estudiar la propuesta. Ambas partes han convenido volver a encontrarse el próximo día 22 de abril.

 

 

 

En el caso de que la negociación culminase con éxito, conseguiríamos dar cumplimiento a la primera de nuestras reclamaciones, tal y como más abajo se cita, y -por tanto- abrir paso al cumplimiento de la segunda, relacionada con la información sobre las horas extra realizadas.

 

Recordamos que CCOO solicitó que en este Conflicto Colectivo se considerase parte a todos los efectos legales a UGT, CGT, FITC, Asociación de Mandos y Cuadros, Segrupo, LAB, CIG y ELA, y que en la demanda reclamábamos que se obligue a la Empresa a:

 

  • Establecer un sistema de registro de la jornada diaria efectiva que realiza la plantilla, que permita comprobar el adecuado cumplimiento de los horarios pactados, tanto en el convenio sectorial como en los pactos de empresa que sean de aplicación.

  • Así como que proceda a dar traslado a la Representación Legal de los Trabajadores de la información sobre las horas extraordinarias realizadas, en cómputo mensual, de acuerdo con lo previsto en el artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores, en la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 1561/1995 y en el artículo 20.5 del Convenio Sectorial de Banca.

 

Seguiremos informando.

 

 

14 de abril de 2016

Infórmate

CCOO Servicios es un sindicato, es Comisiones Obreras en los sectores de Comercio, Financiero, administrativo, de las TIC, Hostelería, Contact-center, Oficinas, Turismo... Leer más


Síguenos en Telegram

Dónde estamos


OFICINAS CENTRALES
C/ Albasanz, 3 1º Planta
28037 Madrid
Tel: 91 540 92 82
Asesoría Madrid 91 536 51 63-64
Otras Comunidades
Fax: 91 559 71 96
Email: contacta@servicios.ccoo.es