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El Tribunal Supremo ratifica la condena a Liberbank
CCOO ganamos juicio por la clasificación de oficinas y consolidaciones
Hace tiempo, CCOO ganamos a Liberbank en la Audiencia Nacional la demanda que habíamos interpuesto por no efectuar la clasificación de oficinas ni, consecuentemente, efectuar las consolidaciones de categoría que corresponden a las personas responsables de las mismas así como por no facilitarnos la información que precisamos para vigilar el correcto cumplimiento de todo lo anterior.
Liberbank, por su parte, fiel a su estilo de demorar las cosas todo lo posible, en vez de acatar la contundente sentencia, prefirió presentar recurso ante el Tribunal Supremo.
Ahora, [...]
Ahora, año y medio después, hemos recibido la sentencia Tribunal Supremo desestimando el recurso de la empresa y ratificando en todos sus términos la sentencia previa de la Audiencia Nacional por lo que, en este tema, a Liberbank ya se le acabó el recorrido y no le va a quedar más remedio que cumplir con lo establecido en el Convenio Colectivo.
Con esta sentencia del Tribunal Supremo, que de nuevo nos da la razón a todas nuestras pretensiones, finaliza un larguísimo proceso que en CCOO comenzamos primero requiriendo la solución amigable a la empresa, luego intentándolo en las distintas Inspecciones de Trabajo y finalmente interponiendo demanda, contra la empresa y contra todos los demás sindicatos, en la Audiencia Nacional.
A pesar de la importancia presente y futura de lo demandado, una vez más, en CCOO nos hemos visto bastante solos en esta pelea. Será que este tema no interesa.
Y es que, aunque todo el trabajo ha sido nuestro, en la Audiencia Nacional sólo dos sindicatos se adhirieron a nuestra demanda para mostrar, al menos, su apoyo en el juzgado. Porque el resto, ni eso.
Por ello, en esta ocasión, queremos hacer una mención especial de "agradecimiento" a CSICA, UGT, CSI, APECASYC e Independientes por su absoluto pasotismo en este tema y por dejar que, como suele ocurrir, sea CCOO quien, de nuevo, se encargue de buscar una solución al problema.
Volviendo al juicio, lo demandado y ganado por CCOO es algo que afecta a todas las personas que han sido, son o serán responsables de oficinas o como a Liberbank le gusta denominar; "directivos".
La normativa (Estatuto de los Trabajadores, Convenio Colectivo, etc.) establece que todas las oficinas deben ser clasificadas siguiendo determinados criterios, que los representantes sindicales debemos ser informados para que podamos comprobar que todo se realiza correctamente y también establece que las personas responsables de cada centro consolidarán una determinada categoría por el trascurso del tiempo en el desempeño de esa función.
Por supuesto, todo esto a nuestra querida entidad le resulta muy molesto por lo que prefiere obviarlo.
A Liberbank le gusta mucho más inventarse y simular que "regala" complementos absorbibles que pagar diferencias retributivas o efectuar consolidaciones de categorías para así poder quitar y poner salarios a las personas según sus propios designios y perpetuar en lo posible la amenaza de "a que te quito".
Por ello, ya desde el principio de su existencia, Liberbank, sabiendo que individualmente la gente tiene mucho más miedo, ha preferido no darnos ningún tipo de información o darnos aquella con la que sabe no vamos a poder sacar nada en claro puesto que, una vez carecemos de información tiene las manos libres para hacer (o ni hacer como ya ha ocurrido en varias ocasiones) una clasificación de oficinas a su gusto y de esta forma intentar no consolidar a nadie jamás.
En este sentido recordamos, por ejemplo, la anécdota de cómo en el juicio el responsable del departamento de interpretaciones perversas de esta entidad manifestó sin ningún tipo de rubor que con lo que nos entregaban como información era imposible que sacáramos ninguna conclusión y básicamente que los datos facilitados no valían para nada. Le faltó reconocer que por eso lo hacían.
Al final, como en esta ocasión los juzgados nos han dado la razón a todo lo que desde CCOO pedíamos en la demanda, la agresión a los derechos la plantilla debe finalizar sin demora ya que, tras la sentencia del Tribunal Supremo, Liberbank está obligada a (textualmente):
* Establecer un sistema de clasificación de oficinas conforme al Convenio Colectivo
* Facilitar información suficiente a los representantes de los trabajadores que permita el conocimiento del sistema de clasificación de oficinas, así como la comprobación de la clasificación que realiza la empresa
* Realizar la consolidación de las categorías que correspondan a los afectados
* Abonar las diferencias salariales que pudieran corresponderles
Sabemos que ahora mismo y en un futuro, esta sentencia va a beneficiar a muchas personas y, por ello, en CCOO estamos muy satisfechos por el resultado conseguido y también, por lo que nos ha costado conseguirlo.
Saludos.
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