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Firmado Convenio Colectivo y Plan de Igualdad Santander Consumer
Hoy hemos procedido a la firma del Convenio Colectivo de Santander Consumer y un renovado plan de igualdad.
Uno de los temas más novedosos y que consideramos de especialidad sensibilidad en la plantilla es el derecho a la desconexión digital, incluído en el art.11 de "jornada laboral y horarios", por el que se limita la atención a los móviles y correos electrónicos dentro de los límites de la jornada, y convocatoria de reuniones limitadas a las 18 h. Para vuestro conocimiento, adjuntamos texto a continuación del cuadro resumen.
Para la aplicación de la subida salarial, la empresa nos ha manifestado que debemos esperar a la publicación del Convenio en el BOE, una vez remitido a la Dirección General de Trabajo. Preveemos que esto será antes de que finalice el año.
Cabe recordar que la fecha de efecto del convenio es a 1 de enero de 2019, por lo que la empresa procederá a los ajustes necesarios con carácter retroactivo.
En el cuadro adjunto os resumimos las novedades de estos nuevos acuerdos, que esperamos que sean satisfactorios para la plantilla.
Desde esta representación sindical creemos que son equilibrados para ambas partes y que garantizan la estabilidad de los trabajadores y trabajadoras en este marco actual económico de cierta incertidumbre, sin olvidar que mantenemos derechos intactos. Especial relevancia es la mejora en beneficios sociales y conciliación de la vida personal y familiar.
CONVENIO COLECTIVO |
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Ámbito temporal |
4 años |
Jornada laboral y vacaciones |
Día de licencia por terceras partes 24, 31 de diciembre y 5 enero. Derecho a la Desconexión digital |
Bolsa vacaciones (200 €) |
Incorporar a tabla salarial en “salario base”. |
Permisos retribuidos |
Reconocimiento parejas de hecho. Inicio del permiso (fallecimiento/enfermedad) en día laboral. |
Anticipos y ops financieras |
Refinanciación deuda Condiciones cuenta corriente Empleado Banco Santander |
Premio 30 años antigüedad |
Cambio concepto “premio fidelidad” |
Ayudas especiales situación discapacidad |
• 1.500 € anuales a percibir en 12 mensualidades por hijo a cargo con discapacidad mayor o igual al 33% • 2.500 € anuales a percibir en 12 mensualidades por hijo a cargo con discapacidad mayor o igual al 65% • 2.900€ anuales a percibir en 12 mensualidades por hijo a cargo con discapacidad mayor o igual al 86% • 1.000 € anuales a percibir en 12 mensualidades, por empleado o cónyuge o pareja de hecho legalmente constituida, con discapacidad igual o superior al 33%
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Incremento salarial |
2019-2020 2% anual + Paga productividad no consolidable en tablas: PBT = o > 1% = 0,5% sobre tablas salariales PBT = o > 5% = 0,75% sobre tablas salariales PBT = o > 8% = 1% sobre tablas salariales
2021-2022 A negociar último trimestre de 2020 |
PLAN IGUALDAD |
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Permiso lactancia: 12 días laborales Actualización a la legislación actual permiso por nacimiento y cuidado de menor (permiso maternidad / paternidad) Horario especial último mes de embarazo (jornada de 9h. a 14h. sin reducción de la retribución) Excedencia solidaria Horario continuado para profesionales con hijos o hijas con discapacidad igual o superior al 45% Mejoras protección en caso de violencia de género
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Criterios para una ordenación racional del tiempo de trabajo.
Se fomentarán principios de buenas prácticas en la organización del trabajo, asumiendo específicamente los siguientes compromisos, si bien la elección de los mismos y su implantación deberán adaptarse a las diferentes necesidades de sus profesionales y del negocio/función para el que trabajan, sin repercusiones negativas en la productividad ni en los resultados y que permitan la necesaria conciliación de la vida personal y familiar:
- Garantizar el cumplimiento de la jornada laboral anual pactada de conformidad con lo comprometido en el Convenio Colectivo aplicable.
- No fomentar prolongaciones de jornada ni la realización de horas extraordinarias, salvo en supuestos plenamente justificados.
- Seguir impulsando una nueva cultura que atienda más al cumplimiento de objetivos, a los resultados del trabajo, a la mejora de la productividad y a la satisfacción del cliente, antes que a la mera presencia en el centro de trabajo durante un tiempo prolongado, sin perjuicio del cumplimiento de la jornada anual pactada.
- Fomentar una ordenación racional del tiempo de trabajo y su aplicación flexible, así como el uso de las tecnologías y herramientas de planificación que permitan la organización del trabajo para atender correctamente a reuniones, eventos y citas con clientes que permitan el cumplimiento de la jornada anual pactada.
- Continuar promoviendo la autonomía, responsabilidad y flexibilidad de los empleados en la distribución de la jornada, cuando sea posible, así como las facultades de auto organización y de flexibilidad reconocidas al personal directivo y comercial, conforme a los acuerdos, políticas y pactos que en cada momento se tengan establecidos, como un valor en sí mismo que ayude a fomentar el cumplimiento de los objetivos precedentemente señalados.
- Fomentar la racionalización del tiempo invertido en reuniones, mediante:
- Convocatoria de reuniones con la suficiente antelación que permita la programación eficiente del tiempo de trabajo, conforme a las políticas de reuniones y multiconferencias, y/o guías de recomendaciones difundidas por la Dirección.
- Siempre que resulte posible, si la reunión implica desplazamientos de algún asistente, se facilitará la opción de conectarse en remoto; se utilizarán los medios tecnológicos disponibles para evitar viajes fuera del lugar de residencia; se evitarán, también en la medida de lo posible, viajes en fin de semana o festivos; y se permitirá en los días en los que se viaje entrar más tarde, salir antes, o trabajar en remoto.
- En todo caso no se convocarán reuniones después de las 18 horas, salvo cuando así lo requieran las diferencias horarias por razón de geografías, ya sean comerciales, de formación o de otro tipo, y se celebren presencial o telemáticamente.
Promover un uso eficiente y racional del mail, mediante la difusión por la Dirección de Guías y/o Recomendaciones que eviten su uso excesivo o innecesario, o el envío de mails fuera del horario laboral, salvo situaciones justificadas o de urgencia que no admitan demora.
En este sentido, y consecuentemente, a fin de facilitar el derecho a la desconexión digital, así como evitar la fatiga informática, se reconoce el derecho de los profesionales para no responder a emails o mensajes profesionales fuera de sus horarios de trabajo, ni durante los tiempos de descanso, permisos, licencias o vacaciones, salvo causa de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.
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