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CCOO de Catalunya denuncia que en un 17,09% de accidentes las empresas no cumplen con los mínimos preventivos necesarios
RIESGOS LABORALES
10 años después de la publicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales existe todavía un cumplimiento muy insuficiente por parte de las empresas de
A partir de los datos extraídos de los Comunicados de Accidentes
de Trabajo se concluye que en los Accidentes de Trabajo ocurridos en
Catalunya, durante el año 2005, en un 17,09% del total de los
accidentes no se había realizado la obligatoria y necesaria
evaluación de riesgos del puesto de trabajo. Desglosados por
gravedad en el caso de los accidentes muy graves es dónde
más se reproduce esa situación, un 25% de los casos; en
el caso de los accidentes mortales sucede en un 11,76% de los casos.
Si observamos las cifras por provincias es en la de Barcelona
dónde más se repite la situación de carecer de
evaluación de riesgos, en un 17,82% del total de accidentes; en
el caso de los accidentes mortales sucede en un 16,39%. Hay que
destacar que en el caso de los accidentes muy graves de la provincia de
Girona en un 54,55% de los accidentes de trabajo no se había
hecho la evaluación de riesgos.
Asimismo y partiendo de la misma fuente, en relación a
qué modalidad preventiva tenían las empresas dónde
sucedieron los accidentes, en un 66,30% tienen concertada la actividad
preventiva con un Servicio de Prevención Ajeno; hay que destacar
que en un 3,39% de los accidentes de trabajo la empresa no había
establecido ninguna modalidad preventiva. Si cruzamos la modalidad
preventiva con la existencia o no de evaluación de riesgos se
observa que en el supuesto de que sea el empresario el que asuma
directamente la actividad preventiva no hay evaluación de
riesgos en un 32,94%. Observando el mismo cruce de datos en el caso de
la modalidad preventiva más habitual (Servicio de
Prevención Ajeno), la evaluación de riesgos no
existía en un 15,43%.
Desde CC.OO. de Catalunya consideramos muy grave y preocupante que a 10
años de la publicación de la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales por los menos en un 17,09% de los puestos de trabajo
no se haya realizado la evaluación de riesgos que es el
mínimamente exigible y necesario para realizar una
prevención eficaz en las empresas y es todavía más
preocupante y muy grave puesto que esto sucede en las empresas donde
han ocurrido accidentes lo que hace suponer que la situación
general de las empresas todavía puede ser peor. Asimismo es un
dato que debe provocar alarma que todavía existen un 3,39% de
empresas sin ningún tipo de modalidad preventiva y que
seguramente si se tuviera constancia de la situación de todas
las empresas, hayan tenido accidentes o no, esa cifra es superior.
También hay que destacar que ciertas modalidades preventivas,
como es el caso que la actividad preventiva sea asumida directamente
por el empresario, no son más que un subterfugio para eludir la
aplicación real y eficaz de la prevención.
Como conclusión podemos decir que las cifras mencionadas dan la
razón, desgraciadamente, a CC.OO. de Catalunya cuando
denunciamos que la prevención en las empresas no pasa de ser una
aplicación formalista, no integrada en la gestión de las
empresas y que esto hace que cualquier incremento de trabajo o de
población trabajadora produzca un incremento
geométricamente superior de accidentes de trabajo.
Por todo lo que se ha dicho desde CC.OO. de Catalunya exigimos:
1.Que los empresarios asuman definitivamente sus responsabilidades
legales y sociales realizando e integrando la prevención en la
gestión de las empresas.
2.Que se facilite desde las empresas y desde la Administración
la participación de los trabajadores en la prevención en
las empresas, con objeto de garantizar la defensa del derecho a la
salud y con el objetivo de la mayor eficacia y eficiencia en la
aplicación de las acciones preventivas.
3.Que se actúe con contundencia desde la Generalitat de
Catalunya y de la Administración de Justicia con aquellas
empresas que no cumplen los mínimos exigibles para realizar una
actividad preventiva eficaz y de calidad.
4.Que se cree de forma inmediata, tal y como está previsto en el
Plan de Gobierno de la Generalitat de Catalunya, del Registro de
Modalidades Preventivas de las Empresas.
5.Que se establezca, tal y como exigía el mandato de septiembre
del 2002 del Parlamento de Catalunya, el Registro de Empresas con Alta
Accidentalidad.
6.Que se dote a los Centros de Seguridad y Salud en el Trabajo y a la
Inspección de Trabajo de los recursos económicos y
humanos suficientes para poder realizar sus funciones asesoras y de
inspección.