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Dulces y caramelos

Acuerdo final en el ERTE de Glück&sweet

Glück and Sweet  se creó en 2009, y dedica su actividad a la distribución y comercialización de golosinas y snacks, Trabajan prácticamente en todo el territorio peninsular y las Islas Baleares, Galicia, Castilla-León, Aragón, Cataluña, Extremadura, Castilla-La Mancha, Pais Valencia, Murcia y Andalucía..


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El pasado día 3 de Abril de constituye la mesa de negociación con la participación de CCOO y UGT y se inicia el periodo de consultas, se hace constar que cada una de las delegaciones  de la empresa ha elegido un representante, que puede actuar como interlocutor con la representación sindical.

  • En esta reunión la empresa traslada las causas que la llevan a iniciar el ERTE y  las personas afectadas, (67 suspensiones de contrato de las que 65 son a tiempo completo y 2 a tiempo parcial, sobre una plantilla total de 108 empleados a 1 de abril de 2020).
  • los efectos del ERTE se determina como fecha hasta el día 30 de junio,

La parte social CCOO y UGT planteamos medidas coyunturales que no supongan una perdida en las condiciones laborales y retributivas:

  • devengo del 100% vacaciones.
  • Devengo del 100 pagas extras
  • aplicar un complemento a la prestación por desempleo, hasta el 100%
  • Que la medida debe estar referida a la situación que dure el estado de alarma y a sus efectos en la actividad de la empresa.
  • incluir medidas de garantía de empleo.
  • crear una comisión de seguimiento mientras sea aplicable el ERTE.
  • Sistema de desafectación de los trabajadores teniendo en cuenta las distintas delegaciones de la empresa.
  • Que no afecte a las trabajadoras y trabajadores con reducción de jornada.
  • Que no afecte  a los trabajadores con jubilación parcial.

La empresa envía toda la información requerida  y fijamos la próxima reunión para el 6 de abril y avanzar en la negociación.

Reunidos hoy 6 de Abril se debaten las propuestas y la empresa solicita un receso, retomada la reunión  hemos llegado al siguiente acuerdo que una vez alcanzado las partes mantienen una reunión por vía telemática con los representantes elegidos en cada delegación, para informarles de los términos del acuerdo, manifestado de manera unánime su conformidad con todos los términos del mismo.

ACUERDO:

  • Suspensión de 64 contratos y reducción de jornada de 2 trabajador total 66 (quedan fuera reducciones de jornada por guardia legal y una persona con jubilación parcial).
  • El período de aplicación de la medida se extenderá desde el día 8 de abril hasta el día 31 mayo;( un mes menos).
  • las medidas de desafectación pueden efectuarse de forma progresiva, teniendo en cuenta la posibilidad de que el estado de alarma pueda cesar de manera gradual en determinadas zonas del territorio nacional. Teniendo en cuenta lo anterior, se procurará que tengan prioridad para salir del ERTE, aquellos trabajadores que tengan hijos menores a cargo.
  • compensación económica, consistente en complementar hasta el 80% el importe bruto de la base reguladora de los últimos 180 días (incluyéndose salario base bruto y variable bruto mensual). De esta forma, la Empresa satisfaría un 10% de la base reguladora, sobre el 70% satisfecho por el SEPE.
  • Las pagas extraordinarias y el devengo de vacaciones, no se verán afectadas por los días de suspensión aplicados y serán satisfechas en su totalidad.
  • En cuanto al disfrute de las vacaciones devengadas durante el ERTE (un total de 5 días), 2,5 días serían elegidos a instancia del trabajador, y los restantes 2,5 días serían elegidos libremente por la Empresa; quedando en todo caso, supeditado el disfrute de las vacaciones a las circunstancias organizativas y productivas de la Empresa.
  • Se crea una bolsa de horas para poder recuperarlos dias de prestación de servcios que no se pudieron desarrollar en Marzo y que lo tenian pendiente, aunque si pagarón las nóminas completas . se acuerda la ampliación del plazo de recuperación de las horas debidas por cada trabajador hasta el 31 de marzo de 2021 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones concordantes. Se negociará  de forma individual con cada trabajador.
  •  Se crea la Comisión de seguimiento que se reunirá cuando se cumpla un mes el incio del ERTE el próximo 8 de mayo.

La empresa comunicara personalmente a cada trabajador su situación y tramitará las gestiones con el SEPE.

Desde CCOO hacemos una valoración positiva de la negociación y el acuerdo final que para nosotros es importante ya que minimiza la pérdida económica de los trabajadores y trabajadoras afectados y evita la merma en las condiciones laborales.

 

 

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