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Sentencia de la Audiencia Nacional sobre las licencias retribuidas en Primark

La Audiencia Nacional ha dictado sentencia sobre el disfrute de las licencias retribuidas del Convenio. A continuación, CCOO te explicamos cómo queda la situación.


Este artículo se publicó originalmente en Primark (CCOO en Primark) ,


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CCOO venimos solicitando desde 2018 que la empresa permita iniciar las licencias retribuidas en el primer día de trabajo, así como que se disfruten únicamente en días laborables, no perdiendo los días de licencia que coincidan con libranza.

Sin embargo, tras las continuas negativas de la empresa, ha tenido que ser la Audiencia Nacional quien nos dé la razón en algunas de nuestras peticiones después de la demanda interpuesta por los sindicatos que componemos el Comité Intercentros:

1. Las licencias retribuidas que coincidan con días libres se disfrutarán como se viene haciendo, por lo tanto, se pierde el día de licencia que coincide con libranza.

2. Las siguientes licencias cuyo hecho causante ocurra en día de descanso o no laborable, se disfrutarán en el primer día laborable que le siga:

  • Diecisiete días naturales por matrimonio o pareja de hecho, que comenzarán a contar desde la celebración (día de la boda).
  • Cuatro días naturales por nacimiento de hijo
  • Tres días por fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica.
  • Dos días por traslado de domicilio.
  • Un día por boda de parientes hasta segundo grado.

Esta sentencia se puede recurrir, por lo que tenemos que esperar a conocer si la empresa la recurrirá para saber cuándo se aplicará el fallo de la Audiencia Nacional.

En la negociación del Convenio CCOO lucharemos porque las licencias retribuidas se disfruten en días de trabajo sin perder ningún día cuando coincidan con libranzas.

 

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