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Convenio de Ingenierías
TECNIBERIA desarrolla su propuesta de clasificación profesional
En la reunión de la mesa negociadora celebrada el 2 de noviembre, TECNIBERIA desarrolló su propuesta sobre los criterios mínimos de acceso/promoción, tareas, funciones y principales funciones de cada puesto de trabajo, sin modificar las categorías y niveles salariales de su propuesta inicial.
Para CCOO es necesario que TECNIBERIA modifique su propuesta de partida para poder vislumbrar la posibilidad de llegar a acuerdos en esta materia.
Las propuestas trasladadas por TECNIBERIA consistieron en:
Cada grupo profesional se determina por la titulación requerida y/o por los siguientes elementos definitorios que conforman la aptitud profesional.
- Conocimientos: Entendido como el conjunto de conocimientos técnicos, experiencias y habilidades requeridas para un normal desempeño de las funciones del puesto de trabajo, con independencia de su forma de adquisición.
- Iniciativa/autonomía: Entendida como la necesaria para identificar, definir y buscar soluciones a los problemas que, habitualmente, se deben abordar y resolver en el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.
- Complejidad: Referida al grado de dificultad de los problemas se deban abordar y resolver en el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.
- Responsabilidad: Referida a la asunción de las consecuencias de la toma de decisiones y del emprendimiento de acciones, necesarias en el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.
Se describen los grupos profesionales, y se relacionan y definen para cada uno de ellos:
- Criterios mínimos de acceso / promoción.
- Puestos de trabajo y su correspondiente nivel retributivo, definido en el anexo de las tablas salariales.
- Principales funciones, tareas, y demás elementos definitorios, de cada puesto de trabajo.
Los grupos y puestos profesionales propuestos son:
Grupo profesional I: Estar en posesión de un grado universitario, máster o doctorado, o de titulación universitaria anterior al sistema de grados universitarios (titulaciones universitarias de ingeniería, arquitectura, licenciatura, diplomatura, titulaciones de 1º, 2º y 3er. ciclo universitario), y que la relación laboral con la empresa se concierte con motivo de dicha titulación universitaria para ejercer las funciones específicas para las que la titulación le habilita.
- Personal Técnico: Titulado o Titulada Superior (Nivel Salarial 1) y Titulado o Titulada Medio/a o Graduado/a Universitario/a (Nivel Salarial 2).
- Personal Administrativo: Titulado o Titulada Superior (Nivel Salarial 1) y Titulado o Titulada Medio/a o Graduado/a Universitario/a (Nivel Salarial 2).
GRUPO PROFESIONAL II: Conocimientos singulares de las funciones, tareas y operaciones, con un nivel de formación nivel medio (Bachiller, formación profesional grado medio o superior) o conocimientos equivalentes equiparados por la empresa cuando esté completada con una experiencia dilatada en su profesión.
- Personal Técnico: Técnico o Técnica de Cálculo o diseño (Nivel Salarial 3), Programador/a informático/a (Nivel Salarial 3), Delineante proyectista (Nivel Salarial 4).
- Personal Administrativo: Jefe o Jefa Administrativo/a (Nivel Salarial 4)
GRUPO PROFESIONAL III: Conocimientos singulares de las funciones, tareas y operaciones, con un nivel de formación nivel medio (Bachiller, formación profesional grado medio o superior) o con experiencia dilatada en el puesto de trabajo
- Personal Técnico: Delineante (Nivel Salarial 5), Técnico o Técnica de 1ª (Nivel Salarial 5), Técnico o Técnica modelador BIM (Nivel Salarial 5), Técnico o Técnica Informático/a (Nivel Salarial 5), Delineante 2ª (Nivel Salarial 6), Técnico o Técnica de 2ª (Nivel Salarial 6).
- Personal Administrativo: Oficial 1ª Administrativo/a (Nivel Salarial 5), Traductor/a e intérprete de uno o más idiomas extranjeros (Nivel Salarial 5), Oficial 2ª Administrativo/a (Nivel Salarial 6).
- Personal de Servicios varios generales: Conserje (Nivel Salarial 6)
GRUPO PROFESIONAL IV: Formación profesional grado básico, medio o superior o conocimientos apropiados a los cometidos desempeñados
- Personal Técnico: Técnico o Técnica de 3ª (Nivel Salarial 7), Vigilante de Obra (Nivel Salarial 7), Auxiliar Técnico/a (Nivel Salarial 8).
- Personal Administrativo: Auxiliar Administrativo/a (Nivel Salarial 8), Telefonista-Recepcionista (Nivel Salarial 8).
- Personal de Servicios varios generales: Oficial 1ª de Oficios Varios (Nivel Salarial 7), Vigilante de Seguridad (Nivel Salarial 7), Ordenanza (Nivel Salarial 8), Personal de limpieza (Nivel Salarial 8), Oficial 2ª de Oficios Varios (Nivel Salarial 8), Conductor/a (Nivel Salarial 8), Peón y Ayudante de Oficios Varios (Nivel Salarial 9).
Para CCOO, teniendo en cuenta que TECNIBERIA no ha variado el fondo de su propuesta, reiteramos lo mismo que al inicio de la negociación, siguen siendo inasumibles los cambios que la patronal de ingenierías plantea para la nueva clasificación profesional, ya que precarizarían a las trabajadoras y trabajadores del sector. Ejemplo de ello es la eliminación de categorías profesionales como la de analista, la bajada de categorías a niveles salariales inferiores o adscribir a los grados universitarios en el nivel salarial inferior del grupo profesional I (nivel II, actuales diplomados).
Otra de las cuestiones que se trataron fueron la vigencia del nuevo convenio y el teletrabajo. Para CCOO, el próximo convenio ha de tener una vigencia de varios años y contemplar avances en varias materias troncales, como son la clasificación profesional, tablas salariales, el teletrabajo, precio del kilometraje y dieta, permisos retribuidos, etc. Respecto al teletrabajo, se trasladará una nueva propuesta para que sea tratada en la próxima reunión de la comisión negociadora.
En la próxima reunión, que se celebrará el día 18 de noviembre, se tratarán las propuestas en materia salarial, como son los incrementos salariales, kilometraje, dietas, así como sobre la nueva propuesta de la parte social sobre el trabajo a distancia.
Si necesitas ampliar información o necesitas alguna aclaración sobre las negociaciones del XX Convenio Nacional de Empresas de Ingenierías y Oficinas de Estudios Técnicos no dudes en ponerte en contacto con la delegada o delegado de CCOO en tu centro de trabajo o escribir a esta dirección de correo electrónico.
Seguiremos informando..