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Cerrado el periodo de consultas del ERE en calzados Marypaz sin acuerdo

El lunes 8 de Noviembre finalizó el Período de Consultas SIN ACUERDO, tras 30 días y 5 reuniones de intenso debate, a pesar de los esfuerzos realizados por la parte social, no ha sido posible cerrar con acuerdo el Despido Colectivo.


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Desde el inicio de las negociaciones desde CCOO, hemos manifestado que presentar un ERE mientras se realiza contratación temporal en tiendas que se consideran sobredimensionadas por la Empresa, tras el ERE que la empresa aplicó en 2020 y el ERTE de Fuerza Mayor que se ha aplicado desde marzo de 2020 hasta octubre de 2021, no puede ajustarse a la legalidad.

Aun manteniendo ese criterio y en aras a la buena fe negociadora que siempre hemos mantenido, nuestra propuesta última ha sido:

  • Retirar totalmente del ERE de las tiendas “sobredimensionadas”.
  • Promover las salidas no forzosas y permutas entre el personal.
  • En las tiendas cerradas de forma previa al ERE y que según la Empresa no se van a volver a reabrir, reubicaciones en tiendas de la misma provincia.
  • En caso de movilidad geográfica, posibilidad de extinción de contrato con indemnización similar al despido improcedente.

La empresa Marypaz no se ha movido prácticamente de su planteamiento inicial, añadiendo un día más a la indemnización mínima legal, pagando el despido en cómodos plazos, y reduciendo los despidos en una cifra mínima de personas, y todo ello el último día y como condición imprescindible para llegar a un Acuerdo. De hecho y de momento incluso se ha negado a firmar las actas porque en las mismas se recogen las manifestaciones realizadas en mesa por la parte social durante la negociación porque no le resultan convenientes a sus intereses.

Entendemos que la restructuración por motivos meramente empresariales que se pretende llevar a cabo, no puede justificar la pérdida de empleo de más de 60 familias. Desde CCOO nos hemos mantenido firmes en la defensa del empleo y de la viabilidad de empresa, no podemos aceptar el todo vale mientras están en juego tantos puestos de trabajo y las condiciones para los despidos que finalmente se realicen.

Según el art. 12 del RD 1483/2012 que regula los procesos de Despido Colectivos finalizado el período de consultas en un plazo máximo de 15 días (antes de 29/11/2021) deberá comunicar a la parte social de la mesa, a los trabajadores/as y a la autoridad laboral la decisión final sobre el despido colectivo que realiza. En esta comunicación se debe incluir según la ley “la documentación correspondiente a las medidas sociales de acompañamiento que se hubieran acordado u ofrecido”. En el caso de Marypaz a saber…

 

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