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Plan de Transformación: Novedades, asambleas y votación

A unos días de la fecha de cierre formal del periodo de consultas de los procesos iniciados por la Dirección de Capgemini, CCOO, CSI·F y UGT continuamos trabajando día a día para mejorar las condiciones de los trabajadores en los procesos abiertos por la compañía.


Este artículo se publicó originalmente en Capgemini (Capgemini) ,


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En este sentido, ya en nuestro último comunicado (Click aquí para consultar) se hacía balance sobre el estado de negociación a fecha de 25 de Mayo.

Hoy, os informamos sobre las novedades introducidas en las últimas reuniones con la empresa:

DESPIDO COLECTIVO (ERE)

  • Mayores de 50 años: Los trabajadores afectados por el ERE con edades comprendidas entre 50 y 54 años, percibirán una indemnización adicional a la que ya les corresponda por un importe de 3.000 €uros

Así mismo, los afectados mayores de 55 años tendrá derecho a acogerse al convenio especial suscrito con la Seguridad social, por el que la empresa continuará cotizando a la Seguridad Social por el empleado hasta que éste cumpla los 61 años. 

  • Tributación indemnización: Aquellas indemnizaciones que no superen el importe de un despido improcedente, NO estarán sujetas a retención. En el resto de casos, tan sólo tributarán por la diferencia entre ambos importes. 
  • Fechas de comunicación y salida: Aunque la empresa ha transmitido su intención de comunicar lo antes posible a los afectados, sean éstos voluntarios o forzosos, tiene hasta 15 días para registrar el ERE definitivo una vez finalizado el periodo legal de consultas, momento a partir del cual deberá comunicar los despidos y fechas de salida. 

Aún así, recordar que la salida efectiva podría prolongarse hasta Diciembre de este año. La Empresa informará a los trabajadores afectados por el despido colectivo sobre su fecha prevista de baja en la Empresa antes del 31 de julio de 2015. No obstante, excepcionalmente, la Empresa podrá exceder dicho plazo, en ningún caso más allá del 30 de octubre de 2015.

ARTÍCULO 41

  • Trienio 10% (Capgemini, Sogeti): Aquellos trabajadores que devenguen un trienio del 10% durante los años 2016, 2017 y 2018 (periodo de cumplimiento del Artículo 41), con el fin de evitar un menor perjuicio respecto a los trabajadores a los que se les absorbe un trienio del 5%, percibirán una compensación de 1.700 €uros. Esta compensación se realizará como un pago único y no consolidable, el mes de enero del año siguiente al que haya generado el trienio.
  •  Rechazo del Artículo 41 (Capgemini, Sogeti): Una vez tramitado el expediente de Modificación sustancial de las condiciones de trabajo (Artículo 41), la empresa procederá a su ejecución en las condiciones recogidas por el preacuerdo (trienio y subidas de categoría), previa comunicación a los trabajadores. 

A partir de esta comunicación, aquellos trabajadores que entiendan que se han visto perjudicados por el Artículo 41 tendrán 20 días hábiles para rechazarlo y solicitar la resolución de su contrato, con una indemnización de 20 días por año trabajado (máximo 9 mensualidades) y con derecho a prestación por desempleo. 

Si la empresa decidiera no admitir la rescisión del contrato, el trabajador tendría 20 días para solicitarlo vía interposición de una demanda legal.

OTRAS MEDIDAS

  • Horario de salida (Capgemini): Con carácter general, la hora de salida durante la Jornada de invierno queda fijada a las 18:15h, sin perjuicio de la Jornada anual máxima que se establecerá en 1.784 horas. 
  • Compensación Jornada intensiva de verano (Capgemini, Sogeti): Los empleados obligados a realizar horario partido durante los meses de Jornada intensiva de verano, serán compensados por el no disfrute de la misma con:
    • Hasta 4 días de descanso, según la afectación del trabajador. 
      • De 0 a 3 días sin jornada intensiva: 0 días de descanso.
      • De 4 a 12 días sin jornada intensiva: 1 día de descanso.
      • De 13 a 22 días sin jornada intensiva: 2 días de descanso.
      • De 23 a 31 días sin jornada intensiva: 3 días de descanso.
      • De 32 días de sin jornada intensiva en adelante: 4 días de descanso. 
    • Complementación del Ticket restaurant hasta los 9 €uros por día de trabajo. 

Esto será así sin perjuicio de las posibles compensaciones por el exceso de horas trabajadas en cómputo anual. 

  • ERE 2013: A los trabajadores afectados por el ERE de 2013 que tengan interpuesta una demanda individual por este proceso, se les ofrecerá una indemnización de 10 días por año trabajado (adicionales a los 20 días/año ya percibidos) con el tope de 12 mensualidades, a cambio de la retirada de dicha demanda.

Todas estas medidas, junto con las ya anunciadas en anteriores comunicados, finalmente forman parte del Preacuerdo definitivo que se someterá a votación (Click para descargar).

Como hemos defendido desde el inicio de este proceso, CCOO, CSI·F y UGT creemos que la aceptación o rechazo de cualquier preacuerdo únicamente corresponde a la plantilla.

Por este motivo, os convocamos este Jueves 28 de Mayo a las Asambleas informativas, en las que responderemos a todas vuestras dudas y preguntas.

 

 

ASAMBLEA 

Jueves 28 de Abril 

Lugar:

Sala Comedor 

Hora:

18:30h

Posteriormente, el Viernes 29 de Mayo se celebrarán Votaciones en todos los centros de Capgemini España, para que seamos TODOS los trabajadores y trabajadoras de Capgemini quienes refrendemos o no este preacuerdo.

Para cualquier duda o aclaración sobre este u otros asuntos, puedes ponerte en contacto con un delegado/a de CCOO en Capgemini.

 

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