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Legislación
{tab=Estat. de los Trabajadores}
El Estatuto de los trabajadores fue aprobado y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 10 de marzo de 1980 y modificado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.1 La Constitución española de 1978, establece:
- Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo. Siendo el mejor estatuto hasta la hora visto en el momento.
- La ley regulará un estatuto de los trabajadores.
Constitución de 1978 Art. 35Esta versión en soporte electrónico de la Edición Conmemorativa del 25 Aniversario del Estatuto de los Trabajadores, reproduce fielmente el contenido de la publicada en 2005 en formato libro. Con el objetivo de que esta edición pudiese aportar un plus de utilidad al lector que acuda a ella para su consulta , el contenido del número 3 del Sumario ofrece juntos el texto inicial de la Ley 8/1980 y el texto legal vigente en el momento de la edición, mencionándose en éste último las normas modificadoras de los distintos preceptos.Ver{tab=Conv Col TIC}
XVI Convenio Colectivo Estatal de empresas consultoras de planificación, organización de empresas y contable, empresas de servicios de informática y de estudios de mercado y de la opinión pública (2007-2009)
{tab=Conv Col Ofic. y Desp. Madrid}
Convenio Colectivo del sector de Oficinas y Despachos en la Comunidad Autónoma de Madrid (2009-2012)
{tab=Ley de Prevención}
Desde la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en 1996, los conceptos de prevención, seguridad y salud en el trabajo, los derechos y obligaciones de trabajadores y empresarios al respecto han ido abriéndose un espacio propio, tanto en la sociedad como en las relaciones laborales en nuestro país. El desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales ha establecido las bases de un marco normativo, que pone en valor el diálogo social como instrumento para el compromiso y el consenso de los agentes sociales para así avanzar en la mejora de las condiciones de trabajo.
Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de equipos con Pantallas de visualización La presente Guía técnica proporciona criterios y recomendaciones que pueden facilitar a los empresarios y a los responsables de prevención la interpretación y aplicación del RD 488/1997 de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo que incluye pantallas de visualización, especialmente en lo que se refiere a la evaluación de los riesgos para la salud de los trabajadores involucrados y en lo concerniente a las medidas preventivas aplicables. Ver
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CCOO Servicios es un sindicato, es Comisiones Obreras en los sectores de Comercio, Financiero, administrativo, de las TIC, Hostelería, Contact-center, Oficinas, Turismo... Leer más
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