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Aumentos salariales: ¿Por qué yo lo valgo? o ¿Por qué el convenio les obliga?

Recientemente, la empresa ha realizado la entrega de cartas a empleados con un aumento de salario y/o categoría. Pero… ¿Cuál es el motivo real de algunos de estos aumentos? ¿Qué la empresa quiere reconocer el trabajo realizado? o ¿por una subida de las tablas salariales de convenio?. Pues parece ser que en algunos casos va a ser la segunda opción, aunque la empresa intente “vender la subida” como suya.

 


Este artículo se publicó originalmente en Capgemini (Capgemini) ,


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Aunque muchos critican la firma del XVII Convenio Colectivo de las TIC  y si bien es cierto que tampoco es el convenio de nuestros sueños, lo cierto es que con él muchas trabajadores de esta empresa se beneficiarán de una subida salarial.

¿Quién se beneficiará de estas subidas salariales? Las personas que no tengan mejora voluntaria o complemento compensable.

Es decir, si en tu nómina no aparecen los conceptos mejora voluntaria ni complemento compensable y recientemente has recibido un aumento salarial, te informamos que parte o la totalidad de éste viene dado por el aumento de tablas del convenio colectivo, no por obra y gracia de Capgemini.

¿Cómo puedo comprobar si Capgemini me ha realizado realmente una subida salarial? Muy fácil, sólo tendrás que comparar la nómina del mes de Mayo y Junio. En Mayo os aparecerá un nuevo concepto denominado complemento compensable. Si en junio este concepto desaparece, es porque dicho aumento es fruto de la subida de tablas del convenio colectivo. Si disminuyera , sería porque parte de dicho aumento fue concedido por la empresa, concretamente el que quede en dicho concepto.

“La absorción de conceptos en nómina permite a la empresa dejar sin efecto las subidas que te corresponden por convenio.”

¿Qué pasa con las personas que tenemos mejora voluntaria/complemento compensable? La subida derivada de la actualización de tablas salariales de convenio, será absorbida en su totalidad y se verá reflejado en la nómina del mes de junio.

¿y qué pasa con la antigüedad? Parece ser que la empresa quiere volver a las andadas y nuevamente absorber tanto los atrasos generados por este concepto como el incremento que genere sobre la actualización de tablas. Una iniciativa que, de ser finalmente llevada a cabo, será correspondientemente demandada por CCOO-Capgemini ante la autoridad legal pertinente.

 

CONCLUSIÓN: La empresa ha utilizado los aumentos que le vienen impuestos por la subida de tablas del convenio colectivo como si fuera una concesión de la empresa.

Como siempre quedamos a tu disposición para resolver cualquier duda o consulta que puedas tener sobre este u otros temas.

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