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El Retorno a las oficinas

El pasado viernes 22 de Mayo el CEO de Capgemini, anunciaba dentro de sus ya habituales Town Hall, la reapertura de todas las oficinas el próximo 1 de junio así como el proceso de desescalada e incorporación progresiva a las mismas.


Este artículo se publicó originalmente en Capgemini (Capgemini) ,


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El CEO insistía en que lo primero es la salud de los trabajadores y que por tanto, sigue siendo la prioridad que el máximo de trabajadores posibles sigan teletrabajando, al menos, mientras el gobierno así lo recomiende (finales de junio).

Con estas premisas queremos aclarar:

¿Quién es susceptible de volver a las oficinas/clientes? Según comunicación emitida por la Directora de RRHH, proyectos con riesgo de seguridad, productividad, calidad del trabajo entregado, SLA’s acordados con el cliente o aquellos que el cliente pida su regreso.

Desde CCOO-Capgemini creemos que con estos parámetros es susceptible de regreso, casi el 100% de la compañía, puesto que tanto el riesgo de productividad o calidad son, en muchas ocasiones, parámetros totalmente subjetivos. En este sentido os animamos a que si os informan que debéis regresar a las oficinas y no creéis que se den las condiciones anteriormente enunciadas, os pongáis en contacto con nosotros para poder elevarlo a la Dirección.

¿Puedo ir a la oficina el día que lo necesite sin informar previamente de ello? No, para poder acceder a la oficina debes tener una autorización. Tanto si necesitas acceder a ella de forma puntual para recoger efectos personales/documentación o bien quisieras trabajar en ella, debes informar a tu responsable para que gestione una autorización para tu acceso.

¿Tengo derecho a recibir la ayuda a la comida? Sí, las medidas unilaterales aplicadas por la empresa contempla el cobro de los mismos si vamos a las instalaciones de cliente o bien a las oficinas de Capgemini. Para estos casos, a final de mes, deberás informar a tu responsable del número de días que no has teletrabajado para que éste gestione el abono que se realizará, durante el mes siguiente.

¿Cómo accederé a las oficinas? Deberás pasar por recepción. En ella se te hará entrega del material pertinente así como un documento de obligada firma donde se declara no haber tenido sintomatología asociada al COVID-19 en los últimos 15 días (fiebre, dolor de garganta, tos seca, moqueo constante, malestar general, cansancio, dolor de cabeza) y no estar ni haber estado en contacto con personas con esta sintomatología.

Si esto no fuera así, informa lo antes posible al Departamento de Prevención de Riesgos Laborales saludlaboral.es@capgemini.com para que te informen de los pasos que debes seguir.

Desde CCOO-Capgemini hemos validado el documento con nuestra asesoría jurídica, la cual nos indica que no hay incumplimiento de normas de Protección de Datos y nos confirman que el objetivo (muy común en estos tiempos) es que la responsabilidad sea correlativa entre la empresa y el trabajador a la hora de no propagar el COVID-19 por lo que no ven problema en la firma.

¿Quién debe asumir el tiempo que tarde en acceder a la oficina si hay cola por el protocolo de acceso? Primero de todo hay que recordar que Capgemini, líder mundial en tecnología sigue, a día de hoy, sin tener implementado un sistema de control horario (demandado y pendiente resolución en Inspección de trabajo desde el 12 de diciembre). Dicho esto, el trabajador no debe, bajo ningún concepto, asumir el posible retraso en la entrada, fruto de las posibles colas que se podrían generar.

Queremos aprovechar este comunicado para informar que en todos aquellos centros donde los trabajadores tienen puestos de trabajo asignados y con el objetivo de tener puestos suficientes garantizando que hay las distancias de seguridad establecidas, se va a proceder a vaciarlas de los objetos personales que pudiera haber sobre las mismas. Aquellos trabajadores que quieran ir a recogerlos personalmente deben enviar un correo al Departamento de Logística de su centro de trabajo para poder programar el acceso.

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