Archivado en blog capgemini

¿CÓMO APLICARÁ EL NUEVO ACUERDO QUE REGULA EL COBRO DE LA ANTIGÜEDAD?

¿Sigues teniendo dudas sobre cómo aplicará el nuevo acuerdo que regula el cobro de la Antigüedad? ¿De cuándo procede la absorción y compensación? ¿Cuándo no? ¿De qué forma?


Este artículo se publicó originalmente en Capgemini (Capgemini) ,


pdf print pmail

Para dar respuesta a todas estas preguntas, os presentamos los casos de cuatro compañeros:


Carles cobrará su siguiente trienio del 10% en el año 2025.
En los tres años anteriores NO ha tenido ninguna subida salarial.

¿Cómo le afectará el acuerdo?

En el caso de Carles, cobrará íntegramente el 10% del trienio a partir de 2025. ¡NO le aplica la compensación y absorción!




Cloe cobrará su siguiente trienio en al año 2025.
En los tres años anteriores ha recibido subidas por un importe SUPERIOR a la Antigüedad.

¿Cómo le afectará el acuerdo?

Cloe habrá cobrado la Antigüedad por adelantado y habrá disfrutado de ella de manera anticipada durante esos años. Además, la diferencia entre las subidas recibidas y la Antigüedad NO podrá ser absorbida en futuros trienios.


Unai cobrará su primer trienio en al año 2025.
En los tres años previos ha recibido subidas por un importe INFERIOR a la Antigüedad.

¿Cómo le afectará el acuerdo?

En el caso de Unai, habrá cobrado parte de la Antigüedad por adelantado y además en enero de 2025 tendrá un aumento por la diferencia entre la Antigüedad y las subidas recibidas.




Paula cobrará su primer trienio en al año 2025.
En los tres años previos ha recibido subidas por un importe EQUIVALENTE a la Antigüedad.

¿Cómo le afectará el acuerdo?

Paula habrá cobrado la Antigüedad por adelantado y habrá disfrutado de ella de manera anticipada durante esos años.


¿Necesitas aún más información? Consulta la F.A.Q. que hemos confeccionado, con respuestas a todas las preguntas que siempre quisiste hacer sobre el preacuerdo de la Antigüedad y nunca te atreviste a preguntar.

  • ¿Qué es la Antigüedad?
  • ¿Qué es una subida voluntaria (“Merit”)?
  • ¿Qué es y cómo funciona la absorción y compensación?
  • ¿Qué conceptos puede absorberme actualmente la empresa?
  • ¿Qué conceptos podría absorberme la empresa si se aprueba el preacuerdo?
  • ¿Me van a quitar la Antigüedad?
  • ¿Me pueden absorber la Antigüedad que he cobrado en 2022?
  • ¿Me van a quitar las subidas voluntarias que ya tengo?
  • ¿Me pueden absorber una subida que tuve en 2021?
  • ¿Me pueden absorber una subida he tenido en 2022?
  • ¿A quién afectaría el preacuerdo?
  • ¿Qué es un plan de Retribución flexible?
  • ¿Qué incluye el plan de Retribución flexible recogido en el preacuerdo?
  • ¿Acogerse al plan de Retribución flexible es obligatorio o voluntario?
  • ¿Si cambio de opinión más adelante, podré salirme del plan de Retribución flexible o cambiar los productos que haya escogido?
  • ¿Cómo se gestionarán los Tickets Restaurant si se aprueba el preacuerdo?
  • ¿Cómo se gestionarán los Tickets Guardería si se aprueba el preacuerdo?
  • ¿Cómo se gestionará la formación si se aprueba el preacuerdo?
  • ¿Cómo se gestionará el abono transporte si se aprueba el preacuerdo?

Por supuesto, la decisión definitiva se corresponderá con la opción más votada por los trabajadores y trabajadoras en el referéndum electrónico.

¡LA DECISIÓN ES SÓLO TUYA!


Infórmate

CCOO Servicios es un sindicato, es Comisiones Obreras en los sectores de Comercio, Financiero, administrativo, de las TIC, Hostelería, Contact-center, Oficinas, Turismo... Leer más


Síguenos en Telegram

Dónde estamos


OFICINAS CENTRALES
C/ Albasanz, 3 1º Planta
28037 Madrid
Tel: 91 540 92 82
Asesoría Madrid 91 536 51 63-64
Otras Comunidades
Fax: 91 559 71 96
Email: contacta@servicios.ccoo.es