DERECHOS DE LOS AFILIADOS
Todos
los afiliados tienen derecho a:
a)
Participar en todas las
actividades y decisiones del mismo, dentro de su ámbito de afiliación y de
otros para los que haya sido elegido.
b)
Elegir y ser elegido/a
para cualquier órgano de la
U.S. De Aragón
c)
Participar, en su ámbito
respectivo, en las decisiones que se adopten por la Confederación. Presentarse a los órganos
de dirección y representación de la sección sindical de empresa o, en su caso,
centro de trabajo o ámbito inferior.
Presentarse como candidato/a a delegado/a en todas las asambleas y/o
Congreso de la organización de rama o territorio que le corresponda, y/o
superior, y, que se convoquen en fecha posterior a la fecha de su afiliación al
Sindicato. Presentarse como candidato/a
al resto de los órganos de la estructura sindical de CC.OO. cuando acredite 6
meses de antigüedad en la afiliación en el momento de la convocatoria de la
conferencia y/o congreso de que se trate.
d)
La libertad de expresión y
a la manifestación de eventuales críticas sobre decisiones tomadas y al respeto
hacia sus opiniones políticas, convicciones religiosas y su vida privada.
e)
Solicitar la intervención
de los órganos competentes de la
U.S. de CC.OO. de Aragón contra resoluciones y medidas de los
órganos de dirección o contra actuaciones de miembros del sindicato, y, en
especial, contra medidas disciplinarias que pudieran adoptarse con cualquier
afiliados/a en los casos que les afecten directamente.
f)
Recibir el oportuno asesoramiento
sindical, técnico y asistencial por parte de la Confederación, en la
forma que se establezca por sus órganos respectivos.
g)
A la utilización
confidencial de sus datos personales y sólo para fines sindicales. Las diferentes estructuras de la Unión Regional y
organizaciones se dotarán de los medios necesarios para asegurar la absoluta
confidencialidad de los datos personales de los afiliados/as a ella y su uso
exclusivo para fines sindicales. En
ningún caso se facilitarán listados o datos personales a empresas u organismos
ajenas a CC.OO., adoptándose medidas disciplinarias en caso de apropiación o
utilización indebida de éstos por cualquier persona u organización.