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Sentencia TS
El Tribunal Supremo falla a favor de CC.OO. en Caja Navarra
La sentencia del Tribunal Supremo estima las pretensiones de COMFIA-CC.OO. y declara la nulidad de varios preceptos del convenio colectivo extraestatutario o de eficacia limitada de Caja Navarra, celebrado por la empresa y una minoría de la representación sindical.
La sentencia del Tribunal Supremo de fecha 1 de junio de 2007 estima las peticiones de COMFIA-CC.OO. en el recurso de casación interpuesto por ésta contra Caja Navarra, UGT, SEA, LAB, SIECAN-CIGA, ELA, GT Madrid y GT Barcelona. Y declara la nulidad del núcleo central del Convenio Colectivo de eficacia limitada de Caja Navarra, que fue firmado por una minoría de la representación sindical y la empresa, para cinco años.
Los artículos anulados por el alto Tribunal son los relativos a la composición y competencia del comité intercentros, la estructura profesional, los grupos profesionales, los niveles retributivos, la promoción profesional y económica y la clasificación de oficinas, ya que rebasan la capacidad negociadora propia de los convenios extraestatutarios o de eficacia limitada.
Este pronunciamiento del Tribunal Supremo se suma a la sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 24 de enero de 2006, que también falló a favor de las tesis de COMFIA-CC.OO. y que ya declaró la nulidad de algunos preceptos del mencionado convenio, en concreto, los referentes a la regulación del comité intercentros.
La importancia de esta sentencia radica, además, en que establece la doctrina del Tribunal Supremo respecto al alcance y características de los convenios extraestatutarios o de eficacia limitada, al declarar que la regulación de las condiciones de trabajo y de representatividad sólo pueden ser pactadas en un convenio estatutario, es decir, un convenio con eficacia general, de la cual carece el citado convenio colectivo ya que fue firmado al margen de las formalidades que exige el Estatuto de los Trabajadores para celebración de los convenios colectivos.
Tras este fallo, COMFIA-CC.OO., reclama a Caja Navarra "la reapertura de la Mesa de Negociación y en ella rehacer el consenso necesario para que el Convenio sea de todos y para todos, útil para la empresa y satisfactorio para el conjunto de los trabajadores".
Texto de la sentencia:
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