Archivado en
LA SEGURIDAD SOCIAL COMPROBARÁ QUE LAS MUTUAS NO DECLARAN COMO COMUNES ENFERMEDADES PROFESIONALES
SALUD LABORAL
La Seguridad Social revisará todos los expedientes que las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales tramitan como derivados de enfermedades comunes para comprobar que no sean en realidad profesionales, lo que afecta a la prestación otorgada al afectado.
Así lo determina una resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, que será publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en los próximos días, según informa el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Esta resolución complementa el decreto aprobado por el Gobierno en septiembre de 2005 que devolvía al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la capacidad de determinar si la situación de incapacidad temporal de un trabajador se debía a accidente de trabajo, enfermedad profesional o enfermedad común, cuando los trabajadores no estuviesen de acuerdo con la decisión de la mutua.
Entre enero y agosto de este año, el INSS modificó la decisión de las mutuas en un 40% de los expedientes, a solicitud de los trabajadores, al considerar que lo que las mutuas declaraban una incapacidad temporal originada por una enfermedad común en realidad se debía a una contingencia profesional. En el 60% restante, el INSS coincidió con el dictamen de las mutuas.
La determinación de la contingencia causante constituye un aspecto fundamental en materia de prestaciones de la Seguridad Social, ya que influye en el alcance, contenido y régimen de gestión de la protección dispensada.
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Convenio Colectivo de Comercio del calzado, artículos de piel y viaje de la provincia de Badajoz
Ana María López asume la responsabilidad de CCOO Servicios Palencia
Calendario Laboral 2025. Publicado en el BOE
Acuerdo definitivo y firma del XIX Convenio TIC
BOLETÍN INFORMATIVO