SEIS días de libranza |
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Además de las medidas que publicábamos en nuestra anterior Circular "Recordatorio de algunas Libranzas en el Popular" exponemos otras Libranzas de aplicación en Servicios Centrales.
Libranzas por el Acuerdo Laboral de Exteriorización de los Compromisos por Pensiones en el Popular, del año 2000 (hasta 31/12/2015): |
LIBRANZA DE UNA JORNADA LABORAL Y DE LA TARDE DE UN DÍA QUE NO SEA VIERNES para quienes tienen la jornada partida estipulada en el artículo 25.3 del Convenio Colectivo, según se establece en el Acuerdo Laboral de Exteriorización de los Compromisos por Pensiones en el Popular, del año 2000 (esta medida también se aplica a quienes mantienen dicha jornada en las oficinas de la Red Comercial) |
LIBRANZA DE UNA JORNADA LABORAL Y DE LA TARDE DE UN VIERNES para quienes tienen jornada partida distinta a la del artículo 25.3 del Convenio Colectivo (en Servicios Centrales, por tanto). Esta libranza también es para las empleadas y empleados con hijos menores de 3 años que se han acogido a la posibilidad de trabajar en horario continuado, tal y como establece el Acuerdo Laboral del Plan de Igualdad, de 2008, en la medida de Conciliación correspondiente. Por otro lado, es necesario precisar que el Acuerdo Laboral de Libranza de Sábados, de 2009, estipula que el personal de todos aquellos centros en los que el horario del viernes se realice en régimen de jornada partida (es decir, los Servicios Centrales) podrá realizar en horario continuado las 7 horas efectivas de trabajo correspondientes a esos mismos viernes. |
Desde COMFIA-CCOO queremos recordar que todas las personas que trabajamos en el Popular tenemos el derecho a disfrutar de estas libranzas, que no precisan de justificación alguna para su disfrute; son de libre disposición. |
¡ NO DEJEMOS QUE ACABE EL AÑO SIN DISFRUTAR DE LAS LIBRANZAS QUE NOS CORRESPONDEN ! |
27 de septiembre de 2013