Gracias al acuerdo alcanzado el número de horas de jornada resultante que realice el personal de estos centros de trabajo con horario singular será el mismo que el de los trabajadores que realicen jornada ordinaria continuada, en función de su entidad de origen y del que resulte para cada año natural. El marco horario de la jornada singular será el actualmente establecido con los ajustes necesarios para no superar la jornada establecida anteriormente prevista.
Como compensación por la parte de año transcurrida hasta este momento, la empresa reconoce a estos trabajadores un día de libranza a disfrutar exclusivamente durante el 2020.
A su vez, desde CCOO hemos solicitado una reunión con la empresa para concretar los detalles de la puesta en práctica de dicho acuerdo.