Te recordamos que el importe de las cuotas sindicales es un gasto deducible en la Declaración de la Renta según recoge el artículo 19.2 de la ley de IRPF, que comienza el próximo 7 de abril de 2021.
Puede comportar un ahorro en la cuota de entre el 20% y el 35% según los casos. Hay que poner la cantidad a deducir en el espacio reservado a "Cuotas satisfechas a sindicatos" del IRPF. Hacienda, por defecto, no indica la cantidad abonada a los sindicatos, es necesario incluirla.
En un principio no sería necesario aportar documentación acreditativa, salvo que Hacienda lo solicitase con posterioridad; si se diese dicha circunstancia, podrás obtener dicha documentación en CCOO.
Si quieres disponer del certificado del importe de las cuotas satisfechas a CCOO en 2020 y no lo has recibido puedes obtenerlo por estas dos vías indicando tu NIF (sin letra).
1.- Solicitar que te lo envíen por correo electrónico en el mail: info@uar.ccoo.es
2.- Entrar en tu área personal de afiliado y descargártelo accediendo a: https://ssl.ccoo.es/Afiliacion
