El Plan MECUIDA recoge los derechos de adaptación y reducción de jornada de la ley ampliandolos para cubrir circunstancias excepcionales originadas por el COVID-19.
La concreción inicial de la jornada corresponde a la persona trabajadora, tanto en su calcance como en su contenido.
La empresa y la persona trabajadora deberán hacer lo posible para llegar a un acuerdo
Se puede reduccir la jornada hasta el 100% si resultara necesario, además lo podrá comunicar a la empresa con un preaviso de 24 horas de antelación.
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