Firmado el convenio colectivo de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid
El acuerdo, firmado ayer y con una vigencia de 2013 a 2017, garantiza la continuidad de las partes más significativas e importantes del contenido del anterior convenio colectivo.
Como destaca CCOO, el acuerdo incluye, el mantenimiento de la antigüedad en su formato actual y mantenimiento de la revisión salarial de IPC anual. Además, recoge que el incremento salarial para los años 2013 y 2014 será de aplicación de revisión de las tablas publicadas en julio de 2013, con revisión de IPC de 2012 (1,15%). Para el año 2015, el incremento salarial es de un 0,5% sobre la tabla de 2013-2014. Y para los años 2016 y 2017 el incremento será negociado cada año por la comisión paritaria, con la referencia del III Acuerdo por el Empleo y Negociación Colectiva (AENC) para los años 2015, 2016 y 2017 firmado el 14 de mayo por CCOO, UGT y CEOE.
También se recoge en su contenido la complementación al 100% de base reguladora en caso de Incapacidad Temporal (IT) por contingencia laboral/profesional (ahora Artículo 25). Y en el punto de contratación la ampliación de 1 año para el contrato por obra.
Por otro lado y a efectos formales y/o por mandato estatuario, el acuerdo establece la transformación de categorías profesionales en Grupos y Niveles (ahora Artículos 40, 41 y 42), la creación de la Comisión Paritaria de Formación (actualmente Artículo 21) y cláusula de inaplicación de convenio.
CCOO valora positivamente la consecución de este acuerdo y considera que, tras dos años y medio de mesa negociadora, es un éxito para el sector y para todas sus trabajadoras y trabajadores la firma de este convenio.Calendario Laboral 2025. Publicado en el BOE
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