Tablas Salariales 2003 Oficinas y Despachos Navarra

TABLAS SALARIALES 2003 OFICINAS Y DESPACHOS NAVARRA

Visto el texto del Acuerdo de Revisión Salarial, correspondiente al año 2003 del Convenio Colectivo de Trabajo para el sector Oficinas y Despachos de Navarra (Expediente número 28/2003).

HECHOS

Primero.—Con fecha 12 de febrero de 2003 ha tenido entrada en este Departamento el Acuerdo de Revisión Salarial, correspondiente al año 2003, suscrito y aprobado por la Comisión Negociadora, en cumplimiento de lo pactado en el citado Convenio (Expediente inicial número 53/2002).

Segundo.—En la tramitación de este expediente se han observado las prescripciones legales y reglamentarias de aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.—Este Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo es competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de Trabajo, establecidas en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, de acuerdo con el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, por el que se traspasan los servicios de Trabajo de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra, y de acuerdo con el Decreto Foral 334/1996, de 23 de septiembre, por el que se asignan a este Departamento los servicios de Trabajo transferidos del Estado.

Segundo.—El artículo segundo del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, ordena la inscripción de los Convenios elaborados conforme a lo establecido en el título III, del Estatuto de los Trabajadores, en el registro de Convenio Colectivos.

Tercero.—El depósito de los Convenios Colectivos, una vez registrados, es competencia de este Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo en virtud de los preceptos citados en el Fundamento de Derecho primero.

En su virtud, en uso de las facultades que me han sido delegadas por Orden Foral de 572/1999, de 14 de octubre (Boletín Oficial de Navarra, número 133, de 25 de octubre de 1999), de la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, resuelvo:

Primero.—Proceder al registro del Acuerdo de Revisión Salarial del sector Oficinas y Despachos (código número 3105105), de Navarra, en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación,

Volver a Inicio  Volver a Acuerdos

 

con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.—Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

La presente Resolución se notificará a los interesados, a los efectos oportunos.

REVISIÓN SALARIAL, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2003, DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR OFICINAS Y DESPACHOS DE NAVARRA

ACTA

Reunidos en Pamplona, a 29 de enero de 2003, siendo las once horas del día de la fecha, se reúnen los señores relacionados a continuación, en representación de los trabajadores y empresarios del Convenio de Oficinas y Despachos de Navarra (ASEODEN).

Representación trabajadores:

Por UGT: (...).

Por CCOO: (...).

Representación empresarial: (...).

Acuerdan:

Reconocerse mutuamente la capacidad legal suficiente para la celebración de este acto y en su virtud,

Primero.— a) Redactar la Tabla Salarial que estará vigente desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año 2003.

b) Actualizar los conceptos de Convenio que modifica sus cuantías para el año 2003.

Segundo.— Solicitar del Departamento correspondiente del Gobierno de Navarra se proceda a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para general conocimiento y a su archivo en el registro destinado a tal fin.

No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión, siendo las doce horas del día de la fecha.

TABLAS SALARIALES AÑO 2003

Grupo

Diario (euros)

Mensual (euros)

Anual (euros)

       

1

44,96

1.366,80

20.501,98

2

43,16

1.312,12

19.681,81

3

41,37

1.257,54

18.863,10

4

39,57

1.202,79

18.041,79

5

35,97

1.093,45

16.401,78

6

34,17

1.038,78

15.581,77

7

32,37

984,04

14.760,63

8

31,87

968,73

14.531,02

9 (1.eraño)

25,16

764,71

11.470,70

9 (2.º año)

26,83

815,73

12.235,90

9 (3.eraño)

28,51

866,72

13.000,78

9 (4.º año)

30,19

917,75

13.766,30

10

24,65

749,41

11.241,09

Prácticas 1.eraño

60% del grupo profesional

Prácticas 2.º año

75% del grupo profesional

Formación 1.eraño

SMI hora trabajada

Formación 2.º año

SMI + 15% hora trabajada

Infórmate

CCOO Servicios es un sindicato, es Comisiones Obreras en los sectores de Comercio, Financiero, administrativo, de las TIC, Hostelería, Contact-center, Oficinas, Turismo... Leer más


Síguenos en Telegram

Dónde estamos


OFICINAS CENTRALES
C/ Albasanz, 3 1º Planta
28037 Madrid
Tel: 91 540 92 82
Asesoría Madrid 91 536 51 63-64
Otras Comunidades
Fax: 91 559 71 96
Email: contacta@servicios.ccoo.es