EL ACUERDO DE INTEGRACION DE UNICAJA Y CAJA JAEN "BLINDO" LAS PAGAS DE BENEFICIOS DEL CONVENIO COLECTIVO
En el artículo 50 del Convenio Colectivo se recoge la participación de beneficios de los trabajadores según los resultados de la Entidad.
Para ello se establece la percepción de 2,5 pagas estatutarias dependiendo de los resultados administrativos del ejercicio aprobados por los Consejos de Administración.
De estas 2,5 pagas, una y media se cobra independientemente de losresultados anuales obtenidos. Ello deja en el aire una paga de beneficios
que depende de que éstos se incrementen un determinado porcentaje tomando como base la mitad de la suma de los saldos de imponentes y reservas.
Para evitar esta condicionalidad tan expuesta en la coyuntura económica de crisis que se veía venir, CCOO peleó por consolidar esta paga dentro de la estructura salarial fija en el Acuerdo Retributivo del 2008 que se trasladó al ALF de Unicaja y Caja de Jaén del 2009
Por ello, tenemos 20,5 pagas consolidadas, más el Plus de Convenio percibido en el mes de Marzo de cada año.
Si tienes alguna consulta al respecto, puedes dirigirte o contactar con tus delegados y delegadas de CC.OO.
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