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L EL SALARIO EN ESPECIE EN LA DECLARACIÓN DE RENTA 2003 (II)

 

 

SUPUESTO PRÁCTICO TRABAJADOR O TRABAJADORA DE UNA CAJA

 

CERTIFICADO DE RETENCIONES:

 

Rendimientos del Trabajo

Rendimientos correspondientes al ejercicio

Retenciones

Importe íntegro satisfecho

Retribuciones dinerarias.........................................................

5.410

27.040

 

Valoración

Ingresos a cuenta efectuados

Ingresos a cuenta repercutidos

Retribuciones en especie.....................................

900

180

180

Por el anticipo social

180

36

36

Por el préstamo vivienda

720

144

144

Gastos fiscalmente deducibles por Cotizaciones a la Seguridad Social

1.800

 

CUOTAS DE AFILIACIÓN

El trabajador o trabajadora está afiliado a CC.OO., y en 2003 abonó 103,2 euros por este concepto.

 

PLAN DE PENSIONES EXTERNO

Si la previsión social en la empresa está articulada a través de un plan de pensiones externo es necesario anotar en esta casilla las aportaciones realizadas por la empresa, que habrá que repetir en la casilla 36 del apartado “Reducciones por aportaciones a planes de pensiones y a mutualidades de previsión social”, sumándole las aportaciones particulares a planes de pensiones que puedan haberse realizado.

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

PRÉSTAMO VIVIENDA HABITUAL:

Capital amortizado:                                                  1.200

Intereses pagados:                                                 3.600

Valor catastral vivienda (sólo a efectos epígrafe100):   1.200

I.B.I. (sólo a efectos epígrafe 100):                                  150

Seguro amortización del préstamo:                            280

Suponemos que adquirió la vivienda en 1.996 (es decir, después del 1.1.1992: si no, no tendría retribuciones en

especie por el préstamo vivienda; y antes del 4.5.1998 a los efectos del epígrafe 100 que luego veremos).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Cálculo de la deducción por vivienda habitual (adquirida con préstamo vivienda)

Capital amortizado

1.200

 

20% primeros 4.507,59

901,52

Intereses pagados

3.600

 

15% resto hasta 9.015,18

193,86

Retribución en especie por el préstamo vivienda1

720

 

TOTAL DEDUCCIÓN2

1.095,38

Seguro amortización préstamo

280

 

 

 

CANTIDADES INVERTIDAS (TOTAL)

5.800

 

 

 

 

VIVIENDA HABITUAL ADQUIRIDA ANTES DEL 4.5.1998:  Compensación fiscal

 

Como ya indicábamos, está prevista una compensación para el caso de que el nuevo trato fiscal de la deducción por vivienda sea más desfavorable que el anterior, compensación que se ubica en el epígrafe 100 de la declaración.

Para ello, si se hace la declaración con el programa PADRE,

en el epígrafe 100 se abrirá la ventana de la izquierda, donde hay que indicar:

                                                                                                           

Intereses satisfechos en 2003:

Intereses pagados

3.600

Retribución en especie préstamo vivienda

720

  TOTAL

4.320

 

Inversión en vivienda en 2003:

Capital amortizado

1.200

 

Valor catastral de la vivienda

12.000

Impuesto sobre bienes inmuebles

150

 

 

 

 


 

 

En el supuesto, al encontrarnos con una base liquidable medianamente elevada, y con un préstamo aún en su primera fase (muchos más intereses pagados que capital amortizado), aparece efectivamente un peor trato fiscal con la nueva regulación que con la antigua, por lo que se incluye una compensación en el epígrafe 100:

 


 

 

 

Como siempre, aquí aparecen las retenciones (5.410) y los ingresos a cuenta (144 por el préstamo vivienda y 36 por el anticipo social).

 

Mayo 2004

 

1 Es la parte de la casilla 02 del apartado de Rendimientos del trabajo, que hemos visto en la página anterior, que corresponde a la retribución en especie por el préstamo de vivienda. De esta forma, si el ingreso a cuenta no se ha repercutido al perceptor, y por tanto ha aumentado los rendimientos del trabajo, computa como “Intereses satisfechos” tal como recoge la Dirección General de Tributos en varias consultas.

Si el préstamo de vivienda se solicitó antes de 1.1.1992, no tendrá imputado salario en especie, por lo que la base de deducción serían 4.800 (capital amortizado más intereses pagados)

2 En la Región de Murcia y en Cataluña estos porcentajes son diferentes por el tramo autonómico aplicado en función de diversas condiciones.

 

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