retribuciones
Retribuciones
BREVE HISTORIA SOBRE LAS PAGAS
Hasta 1.988, en el Monte de Sevilla se percibían 16 pagas más un número variable en función de beneficios. En 1.988 conseguimos establecer como fijas 7,42 pagas, garantizando de esta forma 23,42 pagas en El Monte de Sevilla.
Uno de los objetivos históricos de la Dirección ha sido que la plantilla de nuevo ingreso cobre solo 18,5. En 1.988 lo intentó y conseguimos impedirlo. En 1.990 y aprovechando la Fusión con Caja Huelva volvieron a intentarlo, dado que en caso de Fusión las Empresas tienen la ventaja de que dejan de tener vigor las condiciones de origen para los trabajadores de nuevo ingreso, salvo que se establezcan en un Acuerdo Laboral; esta vez la Empresa contó con la complicidad del sindicato minoritario UGT, con un preacuerdo que hubiese dejado a 18,5 pagas a todos los ingresados desde 1990. Lo impedimos, fijando 19,75 pagas para el personal de nuevo ingreso, y un compromiso de homologación.
En 1.994 volvieron a intentarlo, y volvimos a impedirlo, homologando a 23,42 pagas a los trabajadores que habían ingresado desde el 25.6.90 hasta el 31.12.94 y manteniendo el equivalente a 19,75 para los ingresados desde el 1.1.95, con el objetivo siempre presente de homologarlos a 23,42 pagas.
En la negociación del Acuerdo de Fusión con Caja San Fernando, y aprovechando que en dicha Entidad los ingresados desde 1993 percibían solo 18,5 pagas, y la ventaja antes indicado con la que cuentan en caso de Fusión, las Cajas intentaron nuevamente situar a los trabajadores de nuevo ingreso en las pagas de convenio (18,5). A pesar de esta intención, conseguimos en el Acuerdo Laboral de Fusión y en el Acuerdo sobre Condiciones de Trabajo homologar a 23,42 pagas a todos los trabajadores ingresados desde el 1.1.95 al 31.12.2002, y mejorar las anteriores 19,75 pagas del personal de nuevo ingreso, estableciendo 21 pagas para los que ingresen desde el 1.1.2003, con un compromiso de homologación futura. (DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA A.C.T.: Compromiso de homologación retributiva del Personal de nuevo ingreso.- Sin perjuicio de las condiciones reconocidas en el artículo 43 del presente Acuerdo, a partir del 1.1.2005, la Caja negociará con los representantes de los trabajadores las condiciones retributivas del personal ingresado desde la fecha de entrada en vigor de la nueva estructura retributiva, al objeto de estudiar su homologación al régimen retributivo garantizado establecido en este Acuerdo, en función de que la marcha económica de la Caja lo permita.).
INGRESADOS DESDE 1.1.2003:
CONCEPTOS BÁSICOS
Conceptos fijados por Convenio Colectivo |
Mensualidades |
12 |
Naturaleza y devengo de las pagas
En cuanto al período de devengo de las pagas, todas se devengan durante el año natural (es decir, desde el 1 de Enero), con dos excepciones:
Paga extra de Julio: se devenga de 1/7 a 30/6. Por tanto el 15/7/03 se cobra la parte proporcional del tiempo trabajado desde el 1/7/02 al 30/6/03.
Pagas de Beneficios: se devengan durante el año anterior, por lo que se cobran en proporción al tiempo trabajado en ese año. Ejemplo: quién se incorpora un 1 de enero, durante el 1er año no cobra pagas de beneficios; quien se incorpora el 1 de julio, cobra el año siguiente el 50% de la pagas. |
|
Pagas extra |
2 |
|||
Pagas producción |
2 |
|||
Pagas beneficios |
2,5 |
|||
TOTAL PAGAS CONVENIO |
18,5 |
|||
|
|
|||
Mejoras Acuerdos El Monte |
Pagas beneficios |
2,5 |
||
|
|
|||
|
Total pagas beneficios |
5 |
||
|
|
|||
TOTAL PAGAS EN EL MONTE |
21 |
|||
Trienios por antigüedad: Cada 3 años de antigüedad en una categoría se consolida un trienio, a razón del 4% del salario base de dicha categoría. También se consolidan fracciones de trienio si se asciende a otra categoría antes de cumplir 3 años o múltiplo de 3. Se abona en las 21 pagas.
Otros conceptos: Existen muchos otros conceptos salariales, bien de compensación (dietas, kilometraje, horas extras, etc.), vinculados al desempeño (sobresueldo por Clasificación de Oficinas, Incentivos Variables, etc.). Ya los irás conociendo. También existen Ayudas de estudio del empleado e hijos, Premios por nupcialidad, natalidad y 25 años de servicio, Subsidios por fallecimiento, etc. que te explicamos en el apartado de condiciones sociales.
SISTEMA DE COBRO
Las pagas se distribuyen en 12 pagos, los días 23 de cada mes o día hábil anterior:
23 Enero |
q1 mensualidad ü 2º y 3º año: 0,5 paga beneficios qDesde 4º año: 1 paga beneficios qOtros conceptos |
23 Julio |
q 1 mensualidad q 1 paga extra Julio q Otros conceptos |
23 Febrero |
q1 mensualidad qDesde 2º año: 0,5 paga beneficios qOtros conceptos |
23 Agosto |
q 1 mensualidad ü 2º y 3º año: 0,5 paga beneficios qDesde 4º año: 1 paga beneficios q Otros conceptos |
23 Marzo |
q1 mensualidad qDesde 3º año: 0,5 paga beneficios qOtros conceptos |
23 Septiembre |
q 1 mensualidad q Desde 2º año: 0,5 paga beneficios q Otros conceptos |
23 Abril |
q1 mensualidad qDesde 2º año: 0,5 paga beneficios qOtros conceptos |
23 Octubre |
q 1 mensualidad q 1 paga producción q Otros conceptos |
23 Mayo |
q1 mensualidad qDesde 3º año: 0,5 paga beneficios qOtros conceptos |
23 Noviembre |
q 1 mensualidad q 1 paga producción q Otros conceptos |
23 Junio |
q1 mensualidad qDesde 2º año: 0,5 paga beneficios qOtros conceptos |
23 Diciembre |
q 1 mensualidad q 1 paga extra Navidad q Otros conceptos |
NOTA: Las mensualidades y pagas se componen, como mínimo, de salario base y trienios.
TABLA SALARIAL PARA 2004
ESCALA SALARIAL CONVENIO 2004 |
|||||
Categoría |
Sueldo Base 12 mensual. |
Sueldo Base mensual |
Categoría |
Sueldo Base 12 mensual. |
Sueldo Base mensual |
|
|
|
|
|
|
Jefe de Primera |
29.089,79 |
2.424,15 |
Conserje |
13.606,28 |
1.133,86 |
Jefe de Segunda |
25.576,31 |
2.131,36 |
Subconserje |
12.799,02 |
1.066,59 |
Jefe de Tercera |
21.533,22 |
1.794,43 |
Ayudante A |
12.390,22 |
1.032,52 |
Jefe de Cuarta "A" |
19.625,01 |
1.635,42 |
Ayudante B |
11.800,18 |
983,35 |
Jefe de Cuarta "B" |
19.110,45 |
1.592,54 |
Ayudante C |
10.401,93 |
866,83 |
Jefe de Quinta "A" |
18.590,54 |
1.549,21 |
Botones (18 años) |
7.904,08 |
658,67 |
Jefe de Quinta "B" |
18.070,56 |
1.505,88 |
Botones (Entrada) |
4.953,03 |
412,75 |
Jefe de Sexta "A" |
17.758,30 |
1.479,86 |
Titulado Superior A |
21.699,29 |
1.808,27 |
Jefe de Sexta "B" |
17.495,95 |
1.458,00 |
Titulado Superior B |
18.070,56 |
1.505,88 |
Oficial Superior |
16.921,34 |
1.410,11 |
Titulado Medio A |
17.853,69 |
1.487,81 |
Oficial Primero |
16.154,75 |
1.346,23 |
Titulado Medio B |
16.427,83 |
1.368,99 |
Oficial Segundo 3/años |
14.796,34 |
1.233,03 |
Telefonista A |
12.156,05 |
1.013,00 |
Oficial Segundo |
14.102,30 |
1.175,19 |
Telefonista B |
10.650,56 |
887,55 |
Auxiliar A |
12.576,85 |
1.048,07 |
Oficial Primero O.V. |
13.064,70 |
1.088,73 |
Auxiliar B |
11.977,94 |
998,16 |
Oficial Segundo O.V. |
12.382,67 |
1.031,89 |
Auxiliar C |
10.751,31 |
895,94 |
Ayudante O.V. |
11.184,65 |
932,05 |
|
|
|
Peón O.V. |
10.194,70 |
849,56 |
|
|
|
Personal de limpieza |
8.608,05 |
717,34 |
Infórmate
CCOO Servicios es un sindicato, es Comisiones Obreras en los sectores de Comercio, Financiero, administrativo, de las TIC, Hostelería, Contact-center, Oficinas, Turismo... Leer más
Síguenos en Telegram
Dónde estamos
OFICINAS CENTRALES
C/ Albasanz, 3 1º Planta
28037 Madrid
Tel: 91 540 92 82
Asesoría Madrid 91 536 51 63-64
Otras Comunidades
Fax: 91 559 71 96
Email: contacta@servicios.ccoo.es