La nómina. Deducciones
D.- DEDUCCIONES
III. DEDUCCIONES
1. Aportación del trabajador a las cuotas del Régimen General, desempleo, formación profesional y adicional horas extras.......................................................50.....
2. Retención voluntaria cuota del sindicato..........................................................
3. Retención sobre rendimiento del trabajo personal a cuenta del I.R.P.F....... ...%.... ..........................51.....
4. Anticipos u otros.................................................................................................... ...................................52.....
5. Valor de los productos recibidos en especie..............................................................................................53.....
B. TOTAL A DEDUCIR........... ......54
LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B).......... .........55
56........................,a.......de........................de 2001
Firma y sello de la empresa 57
RECIBÍ 58
style="font-weight: bold;">D. DEDUCCIONES
En este capítulo se reseñan todas las deducciones que se realizan sobre el salario del trabajador. Estas deducciones se desglosan en cuatro grupos distintos:
1. Aportación del trabajador a las cuotas de la Seguridad Social (cuota obrera).
2. Retención a cuenta del Impuesto sobre el Rendimiento de las Personas Físicas (IRPF).
3. Anticipos.
4. Valor de los productos recibidos en especie.
50. APORTACIÓN DEL TRABAJADOR A LAS CUOTAS DEL RÉGIMEN GENERAL: DESEMPLEO, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ADICIONAL, HORAS EXTRAS: Se suman las cantidades que en pesetas hemos obtenido como aportación del trabajador para las distintas contingencias cotizables (casillas 42 + 45 + 48), y se hacen constar en esta casilla. Por tanto, la cantidad que figura aquí es la cuota obrera a la Seguridad Social.
51. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF): Figura aquí la retención que efectúa la empresa por cuenta de Hacienda y a cuenta del total del impuesto que anualmente liquidará el trabajador ante aquel organismo del Estado. Puede depender del contrato. Se puede subir a petición del trabajador, pero no se puede, en ningún caso, disminuir.
52. ANTICIPOS: Cuando la empresa haya anticipado alguna cantidad a cuenta del salario que consta en la hoja salarial, deberá hacer constar en este apartado su importe o la suma de las cantidades de los anticipos, cuando se haya recibido más de uno.
53. VALOR DE LOS PRODUCTOS RECIBIDOS EN ESPECIE: Son los mismos productos en especie de las casillas 27 y 28 que, lógicamente, han de descontarse del total a cobrar.
54. TOTAL A DEDUCIR: Cantidad total de las deducciones por todos los conceptos (casillas 50 + 51 + 52 + 53).
55. LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR: Es el salario que, efectivamente, el trabajador recibe en mano.
56. FECHA: Consta aquí la fecha de entrega del recibo del salario. Debe comprobarse que la misma sea siempre la real.
57. FIRMA Y SELLO DE LA EMPRESA: Es importante que la empresa firme y selle en este apartado la hoja de salario, puesto que su falta puede poner en entredicho la validez del documento.
58. RECIBÍ: En este apartado debe estampar el trabajador su firma. Esta firma no implica conformidad con la hoja de salario, sino que simplemente expresa que se han recibido las pesetas que en la misma figuran. Por tanto, en caso de que el trabajador perciba un salario distinto al que se hace constar en el recibo, debe abstenerse de firmarlo.
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