TRANSFORMACIÓN FONDO DE PENSIONES (VII) - ¿Si la transformación se lleva a cabo, cuál es la repercusión fiscal cuando el
TRANSFORMACIÓN FONDO DE PENSIONES VII - ¿Si la transformación
se lleva a cabo, cuál es la repercusión fiscal cuando el empleado se jubila?
Hemos recibido diferentes
consultas en la Sección Sindical de CC.OO., en relación con la repercusión fiscal que podría tener el
Fondo de Pensiones, para aquellos empleados que decidan la transformación de su
fondo. Así, resumimos a continuación lo que la normativa dice a este respecto:
·
Si
capitalizamos el fondo en un solo cobro: Como las
aportaciones hechas por la caja no nos han sido imputadas en el momento de
producirse, tendremos una reducción aplicable sobre el importe de la prestación
del 40%, el resto (60%) debemos
incluirlo en la declaración de la renta del año en que retiremos el capital.
Lógicamente, esto hará que ese año el IRPF que nos aplican pueda aumentar
considerablemente.
·
Si optamos
por una renta: funciona como nuestro sueldo, es un ingreso más y
como tal lo declararemos en la renta, en la que nos aplicarán la base fiscal que nos corresponda a tenor del total de
ingresos.
Sugerimos que, a través del programa Padre, quién así lo desee
proceda a simular cada uno de los casos, para saber qué resultado se ajusta más
a sus necesidades e intereses.
A VUELTAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL
Una de las dudas más frecuentes a
la hora de decidir la transformación es a cuenta de lo que pueda hacer la
Seguridad Social en el futuro. Hasta ahora, desde que se creó el Fondo de Pensiones de los empleados de la Caja,
prácticamente todas las decisiones que ha tomado la Seguridad Social han
perjudicado al sistema de Prestación que tenemos, haciendo que las dotaciones
necesarias para cubrir nuestro complemento de pensión sean menores.
Lógicamente,
no podemos asegurar que en el futuro vaya a suceder lo mismo, ya que dependerá
coyunturalmente de las circunstancias políticas y económicas. Lo que si nos
garantiza la transformación a un sistema de aportación es la desvinculación total de la Seguridad Social
para el cálculo del complemento de la pensión.
Por otro lado, un error frecuente es pensar que, en el
actual sistema de prestación: todo
lo que no me cubra la Seguridad Social, me lo aportará el Fondo de Pensiones.
En la circular número 5 sobre este asunto, os informamos sobre la forma de
calcular el complemento de pensión.
ASÍ VAN LAS VOTACIONES
Desde la Sección Sindical de
CC.OO. nos hemos puesto en contacto con el departamento de RR.HH. para conocer
cuál es la situación en estos momentos respecto a las votaciones sobre la
transformación del Fondo de Pensiones:
Del total de votos que se han
recibido hasta ahora, aproximadamente un 70
% de los empleados afectados, han optado por cambiar a un nuevo sistema de
aportación y el resto por mantener las actuales garantías.
Así, habrá que esperar al día 30
del presente mes para comprobar el resultado final. La Caja nos ha transmitido
que con independencia de cuál sea el mismo NO
SE ABRIRÁN EN EL FUTURO NUEVAS NEGOCIACIONES AL RESPECTO, YA QUE MANIFIESTA QUE
EL ACUERDO FIRMADO ALCANZA EL MÁXIMO DE LAS CONCESIONES QUE LA CAJA ESTABA DISPUESTA A NEGOCIAR.
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