Las ayudas son las siguientes:
- Becas para hijos e hijas del personal: Tendrán derecho a solicitar estas becas, para cursar estudios de carrera universitaria, los hijos e hijas del personal acogido a este Convenio. No tendrán derecho los hijos e hijas de aquellos trabajadores que tengan solicitada otro tipo de beca.
- Los hijos o hijas de huérfanos que en vida del padre o madre hayan disfrutado con aprovechamiento de una de las becas y los hijos e hijas de los trabajadores y trabajadoras que hayan causado baja por enfermedad o accidente, en las mismas condiciones. Quedan excluidos los hijos e hijas emancipados.
- Becas para trabajadores y trabajadoras: Para atender a los gastos de estudios de aquellos trabajadores que lo soliciten por estudios universitarios o en escuela oficial.
- Ayuda a la recuperación de los hijos de trabajadores en escuelas especiales por razón de su discapacidad física o psíquica. Es requisito imprescindible adjuntar el certificado médico acreditativo del tipo de deficiencia padecido.
- Ayuda para gastos de libros escolares. Dichas ayudas se concederán a los trabajadores y trabajadoras con hijos e hijas en edad escolar a partir de preescolar y hasta que comiencen la etapa universitaria.
Para ver el resto de requisitos y trámites poneros en contacto con la Representación sindical de CCOO o acceder al Convenio Colectivo en el CAPITULO IX.