La Asociación Empresarial de Mediadores de Seguros (AEMES) ha manifestado estar en disposición de aceptar las siguientes propuestas:
- Convenio con vigencia de 4 años (2023-2026)
- Reducción de Jornada máxima anual (8 horas) pasaría a ser 1.720 horas
- Vacaciones Art.29:
- Aumentar 1 día de vacaciones, pasando a ser 25 días laborables.
- Una novedad para este convenio a partir de la propuesta realizada por CCOO:
- Días de vacaciones añadidos como "Fidelidad de la Persona Trabajadora a la Empresa":
- A partir de 20 años de antigüedad en la empresa --> 1 día más de vacaciones.
- A partir de 25 años de antigüedad en la empresa --> 2 días más de vacaciones.
- A partir de 30 años de antigüedad en la empresa --> 3 días más de vacaciones.
- Días de vacaciones añadidos como "Fidelidad de la Persona Trabajadora a la Empresa":
- Art. 40 Dietas y Gastos de Locomoción. En este apartado aún no hay un consenso definitivo entre las partes, la Patronal ha quedado en volver a analizar las propuestas sindicales, barajando estos datos orientativos como referencia:
- Art.42. Retribuciones. Condiciones Económicas para los años 2023-2026
Incremento Salarial, con fecha 1 de enero de cada año sobre la tabla salarial, complemento por experiencia, PAE, plus funcional de inspección y CAI, en los siguientes términos y tomando como referencia el V AENC:
En el año 2026 el incremento se divide en 2 partes, una que irá destinada a la Retribución Salarial (aprox. 1,25%) y otra parte (aprox. 1,50%) a un Nuevo Plan de Aportación Definida tal como proponíamos desde CCOO y que vendrá a sustituir al actual "Premio de Jubilación", para que permita a la persona trabajadora consolidar los derechos económicos y pasar de lo que actualmente es una expectativa de derecho a un derecho cierto. Todo ello será desarrollado en una Comisión Mixta.
- Clasificación Profesional
Revisión del Capítulo V para simplificar el sistema de clasificación profesional, se creará una Comisión Mixta para realizar esta revisión.
Incorporación de nueva regulación:
> Inclusión de un nuevo artículo sobre Derechos digitales y Desconexión Digital.
> Nueva regulación del Artículo 8 bis sobre Teletrabajo, en relación con la Ley 10/2021 de trabajo a distancia. Se fijará una compensación de gastos de 1 euro diario por cada día efectivo de teletrabajo.
Revisión y adaptación de ciertos capítulos, por ejemplo:
> Capítulo Formación Profesional.
> Capítulo Política de Igualdad.
Revisión Técnica del articulado del Convenio para adaptarlo a la legislación vigente.
Las partes hemos acordado la revisión y el intercambio de los textos de los distintos capítulos del convenio, para vernos de nuevo el día 20 de julio, con el objetivo de proceder a la firma del nuevo Convenio Colectivo de Mediación de Seguros Privados (2023-2026). Confiemos en poder cumplir este objetivo y finalizar la negociación en el presente mes de julio. Informaremos puntualmente al respecto.