Con tal motivo, una vez constatado por el INE que el IPC del año 2.005 se sitúa en el 3,7%, se efectuó una revisión del 1,7% sobre la tabla salarial del 2005, dando lugar a la tabla revisada para el 2005. De la misma manera, se configuró la tabla salarial para el 2006 contando con la previsión hecha por el gobierno de un IPC del 2%. Más abajo se exponen ambas tablas.
Asimismo, tal como establece dicho ArtÃculo del Convenio, esta revisión salarial se abonará en una sola paga durante el primer trimestre de 2.006, afectando la consiguiente subida a los siguientes conceptos:
- Tabla de Sueldos base por nivel retributivo.
- Tabla de Complemento por Experiencia.
- Complemento de Adaptación Individualizado.
Y además:
- Plus de Residencia
- Plus Funcional de Inspección.
- Ayuda económica para vivienda (supuestos de traslado).
También se procedió a actualizar la compensación por comida para el 2006, concepto ajeno a la cláusula de revisión, ante la inmovilidad del tratamiento fiscal de dicho concepto por parte del ministerio de economÃa y hacienda.
COMFIA CC.OO. quiere resaltar la importancia de este logro conseguido en el sector, resultante de la negociación del Convenio General de Seguros, ya que de esta manera, queda patente el hecho de que la citada cláusula de revisión salarial evita la perdida de poder adquisitivo resultante de la desviación del IPC respecto a la previsión.
Ver Comunicado con las Tablas Salariales de 2005-2006 del Convenio de Seguros
Ver Convenio Seguros REsaseguros y Mutuas
Asimismo, tal como establece dicho ArtÃculo del Convenio, esta revisión salarial se abonará en una sola paga durante el primer trimestre de 2.006, afectando la consiguiente subida a los siguientes conceptos:
- Tabla de Sueldos base por nivel retributivo.
- Tabla de Complemento por Experiencia.
- Complemento de Adaptación Individualizado.
Y además:
- Plus de Residencia
- Plus Funcional de Inspección.
- Ayuda económica para vivienda (supuestos de traslado).
También se procedió a actualizar la compensación por comida para el 2006, concepto ajeno a la cláusula de revisión, ante la inmovilidad del tratamiento fiscal de dicho concepto por parte del ministerio de economÃa y hacienda.
COMFIA CC.OO. quiere resaltar la importancia de este logro conseguido en el sector, resultante de la negociación del Convenio General de Seguros, ya que de esta manera, queda patente el hecho de que la citada cláusula de revisión salarial evita la perdida de poder adquisitivo resultante de la desviación del IPC respecto a la previsión.
Ver Comunicado con las Tablas Salariales de 2005-2006 del Convenio de Seguros
Ver Convenio Seguros REsaseguros y Mutuas