Sentimos que las patronales AEC e ANIMES sigan en su “torpeza”. Una cosa que se podía haber solucionado en la Comisión Paritaria del Convenio, han tenido que ser la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo quienes hayan tenido que fallar a favor de CCOO y de los trabajadores y trabajadoras del sector.
Cambia el inicio de los permisos retribuidos incluidos en el Art. 22 apartados a), b) y c) del convenio colectivo: matrimonio; nacimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización hasta segundo grado; fallecimiento de cónyuge, padres o hijos.
En los casos en que el hecho causante del permiso suceda en día no laborable para la persona trabajadora, se iniciará el primer día laborable siguiente.
CCOO tenía la razón cuando promovió estos cambios en el articulado del convenio colectivo.
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