El 8 de noviembre el sindicato UGT presenta demanda de arbitraje por considerar que debían elegirse 5 representantes en vez de 9. El demandante había estado en todo el proceso electoral y en ningún momento presentó ninguna reclamación ante la Mesa Electoral.
El 20 de noviembre se celebra el acto del arbitraje y el 26 del mismo mes el árbitro dicta laudo en el que desestima la demanda de impugnación presentada por UGT. Como el resultado no fue satisfactorio para la parte demandante presentan demanda ante la jurisdicción de lo social, celebrándose el juicio el pasado día 22 de enero de 2020.
En el día de ayer, se notificó la sentencia del Juzgado de lo Social Nº 1 de Salamanca en el que DESESTIMA la demanda interpuesta por el sindicato UGT por incumplimiento del requisito imprescindible de presentación de reclamación previa ante la Mesa Electoral por lo que hace inviable la reclamación efectuada a través del procedimiento arbitral.
Hoy, después de meses de expectativa, ha sido una sentencia judicial quien le ha indicado al sindicato demandante que en Telepizza en Salamanca, CCOO obtuvo 9 representantes de los nueve posibles y no hay más discusión.
