La ley de igualdad actualiza el Art.48.4 (ET) ampliando las semanas de permiso por maternidad en los dos siguientes casos:
- Es posible ampliar hasta en 13 semanas más en partos prematuros y cuando el recién nacido necesite una hospitalización superior a los 7 días a continuación del parto. El período de suspensión se ampliará en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales.
- Se amplía en 2 semanas más cuando exista alguna discapacidad en la hija o hijo, en la o el menor adoptado o acogido.