El Estatuto de los Trabajadores (E.T.) te ofrece preferencia en la elección de turno de trabajo:
Artículo 23. Promoción y formación profesional en el trabajo
1. El trabajador tendrá derecho:
a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir
a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el
régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la
obtención de un título académico o profesional.
Nuestra recomendación es que te dirijas directamente a RR.HH. para solicitarlo.