Cascos de trabajo en Call center

Contact Center: Todas indefinidas

Compañeras, el pasado 29 de diciembre el Tribunal Supremo dictaminó una sentencia muy interesante y que va a cambiar por completo el panorama laboral en este país. Se juzgaba si una persona trabajadora podía estar años con un contrato de obra y servicio vinculado a un contrato mercantil entre su empresa y el Cliente al que se da servicio.


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Desde CCOO celebramos que, después de casi 25 años de sentencias negativas, por fin el Tribunal Supremo haya cambiado de opinión y reconozca que en estos casos no tiene cabida el contrato de obra y servicio. Es una forma de acabar con la temporalidad laboral y dar estabilidad al empleo.

Esto va a cambiar por completo el sector del Contact Center donde los contratos de obra y servicio están vinculados a un contrato mercantil entre nuestra empresa y el Cliente. En numerosos casos nos encontramos que dichos contratos mercantiles tienen muchos años de antigüedad en la misma empresa, o bien van cambiando de compañía de Contact a otra.

Ahora todos esos contratos de trabajo tienen que ser indefinidos. La razón es clara, si una empresa se dedica al Contact Center, sus plantillas tienen que ser indefinidos porque esa es la actividad propia de la compañía, y no tiene que estar vinculada a las idas y venidas de los grandes Clientes.

Este próximo viernes 12 de marzo tenemos reunión de convenio con la patronal de Contact Center y desde CCOO les vamos a exigir que conviertan a todas sus plantillas en indefinidas. También les vamos a pedir la eliminación de los artículos 17 y 18 y parte del 14. Esperemos que no hagan como otras veces que no se dan por enterados de las sentencias que les son desfavorables.

Os mantendremos informados.

Indefinidas en Contact center

 

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