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Alcanzado ACUERDO en el proceso de integración de Targobank y Cemcice en Abanca
- Tras las reuniones del periodo formal del proceso de Integración de Targobank y Cemcice celebradas los días 28 y 29 de octubre y tras diversas propuestas realizadas por la empresa y por la representación sindical de UGT, CC.OO. y SIB-sf se ha llegado a un ACUERDO.
- Con este acuerdo, UGT, CC.OO. y SIB-sf cierran una negociación difícil pero con la que se ha conseguido alcanzar una importante reducción del excedente, la homologación de condiciones y primar las salidas voluntarias sobre las forzosas.
Puntos principales del ACUERDO:
Número máximo de personas afectadas por el despido colectivo: 90. No obstante si se alcanza un número igual o superior a 60 extinciones de contrato por adscripción voluntaria, se entenderá cumplido el objetivo de extinciones.
Bajas indemnizadas voluntarias: se podrán solicitar hasta el 12/11/2024.
- Indemnización de 33 días de salario fijo bruto anual por cada año de servicio, con un mínimo de 12 mensualidades, sin topar y que se incrementará con las siguientes primas:
- 2.900 euros brutos por cada tres años de servicio completo.
- 5.750 euros brutos por cada 5 años de servicios o fracción (5.750 € hasta 5 años; 11.500 € entre 5 y 10 años; 17.250 € entre 10 y 15 años; 23.000 € entre 15 y 20 años; 28.750 € entre 20 y 25 años; 34.500 € más de 25 años).
Bajas indemnizadas por decisión del banco:
- Indemnización de 33 días de salario fijo bruto anual por cada año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades y un mínimo de 12 mensualidades. Respetando las cláusulas de garantía que individualmente pueda tener cada persona.
Movilidad geográfica (traslados): hasta 30 personas como máximo, con las siguientes compensaciones:
- De 25 a 75 kilómetros: 300 € mensuales durante un periodo de 3 años.
- De 76 a 125 kilómetros: 400 € mensuales durante un periodo de 3 años y una indemnización de 3.500 € brutos por una sola vez.
- De 126 kilómetros en adelante: 600 € mensuales durante un periodo de 3 años y una indemnización de 7.000 € brutos por una sola vez.
En caso de rechazo de traslado la indemnización será la prevista en las bajas indemnizadas voluntarias.
Armonización de condiciones del personal procedente de Targobank y CEMCICE:
- Aplicación del Convenio de Ahorro a partir del 01/01/2025.
- Garantía de la retribución bruta anual y del salario de convenio de Banca.
- No se aplicará la absorción de la parte proporcional del trienio de TGB o cuatrienio de CSE.
- Aplicación de Salarios Mínimos Garantizados en posiciones de responsabilidad correspondientes a una oficina de nivel V según Acuerdo de Clasificación de Oficinas de Abanca.
- Plus de residencia, para la plantilla procedente de TGB que trabaje en Baleares y Canarias: las personas que actualmente lo tienen, se les mantendrá. Quienes no lo tengan, lo comenzarán a percibir por un importe de hasta 4.500 €.
- Ayuda de estudios de hijos e hijas del año 2024: se abonará el 50% del importe correspondiente, en la nómina de enero de 2025.
- Ayuda de guardería de la plantilla procedente de Targobank: se mantiene su abono hasta julio 2025.
- Seguro de salud: alta voluntaria en póliza de seguro de salud con SANITAS, con pago de prima del 50% por parte del Banco. Alta voluntaria en póliza distinta para cónyuge e hijos e hijas con prima nivelada. En ambos casos integración en sistema de retribución flexible.
- Previsión social: incorporación al Plan de Pensiones del personal de Abanca.
- Seguro de vida: adhesión voluntaria a la póliza colectiva de vida (EG01) con abono de primas del 50% por parte del Banco.
- Seguros de accidentes, asistencia en viajes y accidentes de trabajo: adhesión automática a pólizas suscritas por Abanca.
- Vacaciones: 1 día más de libre disposición, solo en el año 2025, para las personas con menos de 15 años de antigüedad procedentes de TGB y CSE.
- Premio de antigüedad: en 2024 se abonará el importe previsto para la plantilla de Abanca en materia de premio de antigüedad para aquellas personas que cumplan o hayan cumplido 25 años a partir del 7 de junio de 2024.
- Ayuda alimentaria: para aquellas personas que actualmente estén realizando jornada partida y que estén percibiendo ayuda alimentaria, cobrarán 960 € brutos anuales a incrementar al complemento actual de 800 €, quedando ambas cantidades sujetas al horario flexible.
Ver o descargar COMUNICADO CONJUNTO (pdf)
Calendario Laboral 2025. Publicado en el BOE
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
BOLETIN INFORMATIVO
Alcanzado Preacuerdo para la firma del del XIX Convenio TIC
Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social
Se publica en el BOE el XVIII Convenio de Consultoría y comienza, con ello, a ser de aplicación